Disposición Nº 30/GCABA/DGTALINF/14
Firmantes | Dacharry |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Técnica Administrativa y Legal - Asinf |
Fecha de la disposición | 30 de Enero de 2014 |
VISTO:
El Decreto N° 1510/GCABA/97, el Decreto N° 752/GCABA/10, el Expediente
Electrónico N° 0669058-MGEYA-ASINF-2.013, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto tramita la autorización para el pago del
"Servicio de relevamiento, diseño, desarrollo y/o provisión e implementación de
Sistema Gestión de Expedientes de Relaciones Laborales y Asuntos Gremiales
Sistema GERLAG" prestado por la empresa TIARG S.A., por la suma total de pesos
setenta y cinco mil con 00/100 ($ 75.000,00.-);
Que dicho servicio es prestado por la empresa de referencia según Orden de Compra
BAC N° 8056-0557- OC13, con una duración de 180 días corridos, siendo que el
contrato culminó durante noviembre de 2013, por un importe mensual de pesos
doscientos cincuenta ($ 250) por hora;
Que en este sentido a través del Informe N° 03232806-DGISIS-2013, la Directora
General de Integración de Sistemas de esta Agencia de Sistemas de Información
solicitó se amplíe el mencionado servicio prestado por la orden de compra original N°
8056-0557-OC13, remarcando la necesidad de continuidad al Servicio de Desarrollo
de Software a fin de absorver los cambios que se produjeron por los nuevos
requerimientos y las oportunidades de mejoras que han surgido durante la ejecución
del proyecto;
Que asimismo a través del Informe N° 01539870-DGISIS-2014, la Directora General
de Integración de Sistemas, prestó conformidad al total de 300 hs. Insumidas en el
Proyecto "Sistema de Gestión de Actuaciones Internas";
Que por último resaltó que si bien está prevista la ampliación del 15% de la Orden de
Compra original, de conformidad con lo establecido en el Artículo 117 de la Ley
2095/06, y que la misma no se instrumentó por imposibilidad de hacerlo a través del
portal Buenas Aires Compras (BAC);
Que en tal sentido, por el artículo 6° del Decreto N° 752-10 se faculta a los
funcionarios mencionados en el anexo II "... para aprobar, los gastos de imprescindible
necesidad cuando la operación sea de tracto sucesivo, de acuerdo con los límites
establecidos en el citado Anexo.";
Que por su parte el artículo 7° del mencionado Decreto dispone...
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