Disposición Nº 34/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2014

VISTO:

El Expediente N° 5.994.541/2013, por el que se consulta sobre la construcción de un

edificio con destino "Vivienda Multifamiliar", en el predio sito en la calle Ortíz de

Ocampo N° 2566, y;

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra afectado a un Distrito R2aI de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, texto ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772);

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General de Interpretación

Urbanística, a través del Informe N° 7452461-DGIUR-2013 informa que, se solicita la

factibilidad de realizar un completamiento de tejido de acuerdo a lo dispuesto en el

Capitulo 4.10 de dicho código; Artículos 1 a 4

Que en el Artículo 4.10.1 "Parcelas flanqueadas por edificios de igual altura" del

mismo código, se indica que "...En parcelas cualquiera sean las dimensiones de su

Línea Oficial, se completa el tejido igualando la altura del edificio a construir con la

altura de los edificios linderos...";

Que además; se propone la Compensación de Línea de Frente Interno, que afecta a la

manzana, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4.2.3 "Línea de Frente

Interno", del ya citado código;

Que para el pertinente estudio, la documentación presentada está compuesta por a fs.

7: Relevamiento de medianeras; a fs. 4: Plantas del proyecto y propuesta de

compensación de Línea de Frente Interno; a fs. 1: Esquemas volumétricos, plantas,

vistas y perfiles de la propuesta y sus linderos, con relevamiento fotográfico; a fs. 37

Memoria descriptiva; a fs.36 Relevamiento fotográfico del predio; de fs. 29 a 33

Consulta de Registro Catastral; Información suministrada por Parcela Digital

Inteligente y sistema USIG;

Que de acuerdo a la documentación antes mencionada, dicha Área informa que el

predio en cuestión está ubicado en la manzana, delimitada por las calles Cabello,

Av.Coronel Díaz, Av. Gral Las Heras y Ortiz de Ocampo;

Que se trata de la parcela intermedia N° 21, que posee 9,43m de frente, por 29,80 m

en uno de sus lados, y 30,95 en el otro, con una superficie total aproximada de

270,33m2 , según consulta catastral a fs.30 y 31;

Que el trazado de la Línea de Frente Interno se ha fijado, según disposición N° 0434

DGROC-2009, que obra a fs. 43 y 44 del Giro Documental (GD);

Que según esquema de compensación propuesto a fs. 1, se propone liberar una

superficie de 13,25m2 en el contrafrente, dentro de la franja edificable y ocupar una

superficie menor de 9,12m2 dentro de la franja no edificable de la parcela;

Que con la compensación propuesta se determina una L.F.I. quebrada que respeta las

líneas de edificación existentes de los predios linderos, mancomunando los espacios

urbanos, lo que encuadra en los términos del Art. 4.2.3. precitado;

Que respecto al entorno del predio en consulta, éste linda a la izquierda con la Parcela

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR