Disposición Nº 49/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 8 de Enero de 2014 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2014, Año de las letras argentinas"
VISTO:
El Expediente N° 4.235.789/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Restaurante, Cantina; Café Bar; Despacho de Bebidas, Whisquería,
Cervecería; Comercio Minorista Elaboración y Venta de Pizza, Fugazza, Fainá,
Empanadas, Postres, Flanes, Churros, Grill; Parrilla", para el inmueble sito en la calle
Humberto I° N° 499 esquina Bolívar N° 1082, Planta Baja y Entrepiso, con una
superficie a habilitar de 278,78 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2b del Distrito APH 1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
7277007-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados Permitidos son: "Café, Bar";
Que los usos "Restaurante, Cantina; Comercio Minorista Elaboración y Venta de
Pizza, Fugazza, Fainá, Empanadas, Postres, Flanes, Churros, Grill; Parrilla" deben
considerarse comprendidos en el rubro "Alimentación en general, Restaurant, Cantina,
Pizzería, Grill, Heladería, Confitería, etc." Expresamente consignado en el Cuadro de
Usos N° 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano;
Que el uso "Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería" debe considerarse
comprendido en el rubro "Bar, Café, Whisquería, Cervecería, Lácteos", expresamente
consignado en el mencionado Cuadro de Usos;
Que respecto a la localización de publicidad, en RE-2013-7178506-DGIUR el
recurrente hace renuncia expresa a la colocación de cartelería identificatoria, por lo
que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba