Disposición Nº 49/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2014

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014, Año de las letras argentinas"

VISTO:

El Expediente N° 4.235.789/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Restaurante, Cantina; Café Bar; Despacho de Bebidas, Whisquería,

Cervecería; Comercio Minorista Elaboración y Venta de Pizza, Fugazza, Fainá,

Empanadas, Postres, Flanes, Churros, Grill; Parrilla", para el inmueble sito en la calle

Humberto I° N° 499 esquina Bolívar N° 1082, Planta Baja y Entrepiso, con una

superficie a habilitar de 278,78 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2b del Distrito APH 1 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

7277007-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el

Distrito;

Que los usos consignados Permitidos son: "Café, Bar";

Que los usos "Restaurante, Cantina; Comercio Minorista Elaboración y Venta de

Pizza, Fugazza, Fainá, Empanadas, Postres, Flanes, Churros, Grill; Parrilla" deben

considerarse comprendidos en el rubro "Alimentación en general, Restaurant, Cantina,

Pizzería, Grill, Heladería, Confitería, etc." Expresamente consignado en el Cuadro de

Usos N° 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano;

Que el uso "Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería" debe considerarse

comprendido en el rubro "Bar, Café, Whisquería, Cervecería, Lácteos", expresamente

consignado en el mencionado Cuadro de Usos;

Que respecto a la localización de publicidad, en RE-2013-7178506-DGIUR el

recurrente hace renuncia expresa a la colocación de cartelería identificatoria, por lo

que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN...

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