Resolución Nº 51/GCABA/AGC/14

FirmantesGómez Centurión
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición27 de Enero de 2014

VISTO:

EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 590549/MGEYA/AGC/14 , Y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación mencionada en el VISTO tramita la solicitud de renovación de

contratación de las personas detalladas en el Anexo N° IF- 2014-00620681-AGC, para

desarrollar tareas en la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional y en la Unidad

de Sistemas Informaticos y Procesos, dependientes de esta Agencia Gubernamental

de Control (AGC), por el período comprendido entre el 01/01/14 y el 31/12/14, atento

que los contratos suscriptos anteriormente, vencieron en fecha 31/12/13;

Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que las personas cuya

contratación se propicia continúen prestando su colaboración en las mencionadas

Unidades;

Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto N° 224/13, y sus

complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas

bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los

requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el

legajo personal de cada locador;

Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo

los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos

veinticinco mil ($ 25.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades

presupuestarias;

Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución N° 3-SECLYT/11 establecen

que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar

por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración

de Documentos Electrónicos -SADE-;

Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y

conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico

por cada persona a contratar;

Que asimismo, los artículos 7° inciso h) y 8° de la Ley de creación de esta Agencia

Gubernamental de Control N° 2.624 facultan al Director Ejecutivo de la AGC a

contratar personal para la realización de tareas por tiempo determinado;

Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección...

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