Disposición Nº 69/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 10 de Enero de 2014 |
VISTO:
La Presentación Agregar N° 1 del Expediente N° 587.525/2013 y la Disposición N°
687-DGIUR- 2013, y
CONSIDERANDO:
Que originariamente, por Disposición N° 687-DGIUR-2013 se autorizó desde el punto
de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Garaje Comercial", para el
inmueble sito en la calle Tacuari N° 640/42/48/52, 1°, 2° y 3° Subsuelo, Planta Baja, 1°,
2°, 3°, 4° y 5° Piso, con una superficie construida de 6366,19m2 y una superficie libre
de 309,87m2;
Que el inmueble está emplazado en la Zona 5d del Distrito APH 1 Zona de
Amortiguación, y no se encuentra Catalogado;
Que el recurrente solicita a fs. 71, la actualización de la Disposición referida y la
ampliación de superficie agregando la Planta del 6° y 7° Piso (sala de máquinas y base
de tanques de agua), modificándose la superficie descubierta siendo la correcta de
853,73m2, sumada la superficie cubierta de 6366,19m2, siendo un total de 7219,92m2;
Que teniendo en cuenta que lo mencionado precedentemente, dado que los usos son
los mismos que se han otorgado y que no ha habido variaciones respecto de la obra,
la publicidad, ni tampoco en la normativa vigente, se accede a lo solicitado por el
recurrente;
Que en tal sentido, el Área Técnica competente, mediante Dictamen N° 3927-DGIUR-
2013, entiende que, desde el punto de vista del Patrimonio Urbano, sería factible
acceder al visado de la localización del uso "Garage Comercial", para el inmueble sito
en la calle Tacuari N° 640/42/48/52, 1°, 2° y 3° Subsuelo, Planta Baja, 1°, 2°, 3°, 4°, 5°,
6° y 7° Piso, con una superficie construida de 6366,19m2 y una superficie libre de
853,73m2, siendo un total de 7219,92m2;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
quedar redactado de la siguiente forma: "Artículo 1°.- Autorízase desde el punto de
vista urbanístico y patrimonial la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba