Resolución Nº 105/GCABA/MAYEPGC/14
Firmantes | Cenzón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 22 de Enero de 2014 |
VISTO:
el Expediente N° 829.910/2013 y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto tramita la denuncia formulada por el Sr. Oscar
R. Caamaño por los hechos ocurridos con fecha 3 de agosto de 2012 durante la
inhumación de los restos de su padre, el Sr. Manuel Caamaño en el Cementerio de la
Chacarita;
Que con fecha 12 de marzo de 2013, el Sr. Oscar R. Caamaño presentó una nota en
la cual manifestaba que hace más de siete meses que denunció el maltrato y ultrajante
manipulación del cadáver de su padre, durante su sepelio el pasado de fecha 3 de
agosto de 2012, ocurrido en el cementerio de la Chacarita, por el no funcionamiento de
los porta ataúdes de las galerías subterráneas, como así también por la falta de
equipamiento para el movimiento vertical del ataúd, dentro de la galería
correspondiente (aproximadamente de 5 a 6 metros), hasta el nicho asignado,
debiéndose realizar a mano, en planos inclinados de cerca o mas de los 45°,
arrastrados por sogas, apoyándose en caballetes fijos;
Que con fecha 6 de agosto de 2012, el Sr. Oscar R. Caamaño envió un correo
electrónico al Jefe de Gobierno Mauricio Macri, relatándole las vicisitudes transcurridas
el día del entierro de su padre; indicando que "al llegar a la capilla, ya no había carrito
para trasladar el féretro desde el coche fúnebre hasta la capilla, aproximadamente casi
50 metros, incluido el cordón de acceso a la vereda. Luego tuvimos que ir (todo el
cortejo fúnebre) hasta una galería (creo que la 23) a buscar al personal encargado,
para luego trasladarnos a la galería correspondiente, la 21...";
Que asimismo manifestó que "al llegar a la misma y como si fuera norma y cosa de
todos los días, no funcionaban, ni el montacargas ni el ascensor (...) Tuvimos que
bajar el féretro a mano (entre los únicos varones de los pocos familiares presentes)
por suerte un solo piso, hasta el primer subsuelo, por una pendiente de escalera de
entre 30 y 40 grados, aproximadamente y más de 40 escalones (dos tramos de
escalera de más de 20 escalones cada una)";
Que según los dichos del Sr. Caamaño, al momento de tener que trasladar el féretro
de su padre, lo hicieron en un carro de apenas 60 cm de alto, desde el fin de la
escalera y hasta el nicho correspondiente, donde se encontraron con una estructura
de hierro, "tipo andamio de más de 2 metros de altura a la primer plataforma y un
adicional superior de casi un metro", para que luego los integrantes del cortejo
levantaran a mano el cadáver en un plano inclinado de casi 45%, apoyando los pies
sobre la plataforma quedando la cabeza sobre el carro de traslado, a lo que el
denunciante se negó;
Que conforme le habrían informado personal del cementerio, dicho método es el único
que utilizan para ubicar los féretros en los nichos del 5to. piso (N° 795), pues, en la
galería asignada no entran los auto- elevadores ni existe personal suficiente para
dicha tarea;
Que por ello, y ante la imposibilidad física de los acompañantes del difunto, el
denunciante manifestó que se solicitó un cambio de ubicación, al cual accedieron
desde el Cementerio, derivándolo entonces al nicho N° 715, ubicado en la 3era. Fila;
Que asimismo, el Sr. Caamaño agregó que si bien las dificultades...
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