Resolución Nº 3/2014

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2014



ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

ResoluciónNº 3/2014Asunto: Habilitación zona operativa aduanera muelle ASOCIACION DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOP. LTADA. CUIT N° 30-50012088-2. Aduana de Barranqueras.

Bs. As., 9/1/2014

VISTO la actuación SIGEA N° 12246-88-2012 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma ASOCIACION DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA CUIT N° 30-50012088-2, solicita la habilitación aduanera del muelle de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha del km. 3 del Riacho Barranqueras (km. 1198 del Río Paraná), de la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras, para la realización de operaciones de removido.

Que se encuentra acreditada en las presentes actuaciones que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramitan ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente del Ministerio del Interior y Transporte por expediente N° S02:0008459/2013.

Que mediante Nota DNP N° 164-13 del 13 de junio de 2013, la Dirección Nacional de Puertos informa que “a la fecha la firma de marras ha cumplido con los requisitos previstos en la normativa antes mencionada, a los efectos de propiciar su habilitación por parte del Poder Ejecutivo Nacional, no observándose anomalías con relación a las pautas de referencia que obsten a la habilitación del puerto, que está destinado al embarque de granos en barcazas”.

Que en función a los informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones aduaneras que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria, por el término de SESENTA (60) días corridos.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP) y 55/12 (AFIP).

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL

DE LA SUBDIRECCION GENERAL

DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

A CARGO DE LA SUBDIRECCION GENERAL

DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°

—...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR