Resolución Nº 30/GCABA/MJYSGC/14

FirmantesGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición14 de Enero de 2014

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2014, Año de las letras argentinas

VISTO:

El EE N° 03009576/MGEYA/SSEMERG/13, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el visto tramita el Recurso de Reconsideración con

Jerárquico en subsidio interpuesto por la señora Mirian Isabel Brizuela Riquelme,

D.N.I. N° 93.076.550, contra la Resolución N° 892/SSEMERG/13, notificada el día 27

de junio de 2013, por la cual se denegó la solicitud de subsidio por los daños alegados

en el automotor dominio UQO 087, presuntamente ocasionados por el fenómeno

meteorológico de fecha 2 de abril de 2013, toda vez que el mismo se encuentra

radicado en extraña jurisdicción;

Que la normativa aplicable para las inundaciones acaecidas los días 1 y 2 de abril del

2013, es la establecida en el DNU N° 1/13 ratificada por Resolución N° 32/LCABA/13,

la Ley N° 4505, el Decreto N° 117/13, la Resolución N° 609/SSEMERG/13 y normativa

complementaria;

Que la administrada interpuso el recurso referido, el que resultó desestimado mediante

Resolución N° 1844/SSEMERG/13, notificada el día 21 de octubre de 2013;

Que con fecha 29 de noviembre de 2013 se notificó a la administrada sobre los

términos del artículo 107 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la

Ciudad, sin que se haya presentado en uso de tal facultad;

Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso incoado conforme los

artículos 108 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad;

Que conforme surge del Título de Propiedad el vehículo se encuentra radicado en

Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, Que la Procuración General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires mediante Informe N° 2013-00038108-DGAPA, señaló que

el artículo 5 de la Resolución N° 609/SSEMERG/13, reglamentaria del DNU N° 1/13,

establece que no se otorgarán subsidios por daños a bienes muebles registrables cuya

radicación jurisdiccional no sea la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en...

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