Resolución Nº 13/GCABA/AGC/14

FirmantesPadilla
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2014

VISTO:

LAS LEYES N° 2.624, N° 2.553 y N° 3304 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N°

07386644/MGEYA/AGC/13, Y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), entidad

autárquica con funciones de contralor, fiscalización y regulación en materia de

seguridad de establecimientos públicos y privados, salubridad e higiene alimentaria,

habilitaciones y permisos y obras civiles, públicas y privadas, en aplicación de las

normas y Códigos respectivos, y toda otra normativa relacionada con su ámbito de

control y fiscalización, con la excepción establecida en el artículo 6 inciso f) in fine;

Que resulta indudable que, al haberse optado por encomendar la función de control a

un organismo autárquico, se persigue jerarquizar las actividades de control y

fiscalización en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y obtener resultados de

gestión con fundamento en la especial idoneidad técnica del organismo;

Que a efectos de dar cumplimiento a tal objetivo, se encomendó normativamente al

Director Ejecutivo de la AGC, adecuar la organización y el funcionamiento del

organismo a criterios de eficiencia, eficacia y agilidad;

Que en ese contexto, corresponde planificar las actividades y funciones ejercidas por

la AGC, teniendo en consideración criterios objetivos que conduzcan a la

regularización de las actividades comerciales, industriales y de servicios en la Ciudad

de Buenos Aires, facilitando la observancia del plexo normativo vigente;

Que asimismo, cabe tener presente lo dispuesto por la Ley N° 2.553, en cuyo artículo

  1. , la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableció un criterio de

criticidad, clasificando los establecimientos, actividades, sitios, zonas, maquinarias,

elementos o sustancias conforme importen un mayor o menor riesgo para la seguridad

de las personas y de sus bienes, de lo que se derivan consecuencias jurídicas para las

actividades desarrolladas por esta AGC;

Que siguiendo los referidos lineamientos legales, este organismo ha elaborado el

pertinente Plan Operativo Anual (POA), que establece objetivos de gestión para las

tareas desarrolladas por cada área;

Que el cumplimiento de los objetivos determinados por este Plan Operativo Anual será

monitoreado mediante indicadores de cumplimiento de dos grupos de productos: (i)

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