Resolución Nº 657/GCABA/AGC/13
Firmantes | Anexo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
Fecha de la disposición | 20 de Diciembre de 2013 |
VISTO:
NOTA N° 07191296/AGC/13, EL ANEXO N° IF-2013-07117584-AGC, Y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.624, se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC),
entidad autárquica, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y se determinó su organización y competencia;
Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la
misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la
Agencia respecto a su estructura orgánico- funcional para los niveles inferiores a los
aprobados por esa normativa;
Que la Subgerencia Operativa de Administración de Personal, dependiente de la
Gerencia Operativa de Recursos Humanos de esta AGC, solicitó mediante la Nota N°
07191296/AGC/13, la autorización de contratación de las personas mencionadas en el
Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que las personas cuya
contratación se propicia presten su colaboración en la Dirección General Legal y
Técnica de ésta AGC;
Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto N° 224/13, y sus
modificatorios y complementarios, por el cual se establece el régimen para la
contratación de las mencionadas personas bajo la figura de locación de servicios,
dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han
sido cumplimentados y constan en el legajo personal de cada locador;
Que el mencionado decreto faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo
los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos
veinte mil ($ 20.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades
presupuestarias;
Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución N° 3-SECLYT/11 establecen
que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar
por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración
de Documentos Electrónicos -SADE-;
Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y
conforme surge de la Nota N° 07191296/AGC/13, se ha originado un expediente
electrónico por cada una de las personas a contratar;
Que asimismo, los artículos 7° inciso h) y 8° de la Ley de creación de esta Agencia
Gubernamental de Control N° 2.624 facultan al Director...
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