Disposición Nº 207/GCABA/DGTALCIU/13

FirmantesBousquet
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Técnica, Administrativa y Legal
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2013

VISTO:

La ley Nacional N° 24.240, las leyes N° 1517 y N° 757, el Decreto N° 1.612/05 y la

Disposición N° 1.653/06 y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley 1517 crea el Registro Público de Entidades Prestatarias de

Servicios de Medicina Prepaga, en ejercicio del poder de policía que le es propio, y

que está a cargo de la máxima autoridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, respecto de la defensa de los consumidores y usuarios;

Que la Disposición N° 1653/06 estableció la obligatoriedad de la inscripción en el

Registro citado, de todas aquellas personas físicas y/o jurídicas definidas en el art. 3

de la ley N° 1517 que presten servicios dentro del ámbito territorial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 9° de la ley mencionada establece que las Entidades Prestatarias

deben presentar un informe con carácter de declaración jurada;

Que el Decreto N° 1612/05 en su art. 1 designa a la Dirección General de Defensa y

Protección del Consumidor como autoridad de aplicación de la Ley N° 1517, como así

también en su art. 2° se faculta al Director General del Organismo mencionado a dictar

las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la correcta aplicación de la

ley citada;

Que es necesario precisar la fecha en la que deberá presentarse el informe con

carácter de Declaración Jurada, del año 2013;

Que a tal efecto, se deberá ordenar que dicho informe sea presentado ante esta

autoridad de aplicación en el mes de diciembre del corriente;

Que mediante Disposición N° DI 2862/DGTALCIU-2013 el Director General de

Defensa y Protección al Consumidor decidió encomendar la firma del despacho de

dicha Dirección en el Director General Técnico, Administrativo y Legal de la Secretaría

de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, Dr. Andrés Bousquet, DNI 28.032.686,

hasta tanto se designe nuevo funcionario que estará a cargo de la Dirección.

Por ello, en uso de las atribuciones que le fueron encomendadas,

EL DIRECTOR GENERAL

TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DISPONE:

Artículo 1°

Establécese para las Entidades Prestatarias del Servicio de Medicina.

Prepaga que se hallan inscriptas en el Registro creado por Ley N° 1517 que, a partir

del lunes 16 de diciembre y hasta el lunes 30 de diciembre de 2013 inclusive, en el

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR