Resolución Nº 437/2013

Fecha de disposición27 Diciembre 2013
Fecha de publicación09 Enero 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32802



ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

ResoluciónNº 437/2013Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle de cabotaje (Unidad III). Puerto Villa Constitución. Aduana de Villa Constitución.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO la Actuación SIGEA N° 12531-232-2009/94 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación, la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L. (CUIT N° 30-70854089-3), en su calidad de permisionaria de la Unidad III (muelle de cabotaje) del Puerto de Villa Constitución, ubicado a la altura del Km. TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N° 384/2013 (SDG OAI).

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12531-232-2009 que la habilitación definitiva del Puerto de Villa Constitución en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0010927/2004.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio por el término de SESENTA (60) días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución N° 384/2013 (SDG OAI).

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL

DE LA SUBDIRECCION GENERAL

DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de cabotaje (Unidad III) del Puerto de Villa Constitución, concesionado a la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L. (CUIT N° 30-70854089-3), ubicado a la altura del Km. TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, por el término de SESENTA (60) días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución N° 384/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.

ARTICULO 2°

— Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro...

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