Resolución Nº 5676/GCABA/MCGC/13
Firmantes | Lombardi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Cultura |
Fecha de la disposición | 27 de Noviembre de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 2.807.274/2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada en el visto tramita la presentación de la empresa
contratista Altote S.A. mediante la cual solicita la Primera Redeterminación de Precios
Definitiva de la obra: "Remodelación de Edificios para Centros Culturales -
Intervención Reacondicionamiento de Solados y Desagües Espacio Cultural Julián
Centeya", cuya contratación tramitó mediante Licitación Privada N° 323/2011,
Expediente N° 1.387.178/2011, adjudicada por Disposición N° 5-DGIYME/2012 y
contratada con la mentada empresa por la suma de Pesos cuatrocientos cincuenta y
siete mil novecientos noventa con 49/100 ($ 457.990,49);
Que la empresa contratista Altote S.A., con fecha 19 de Diciembre de 2012, solicita la
primera Redeterminación Definitiva de Precios del contrato de la obra mencionada al
mes de febrero de 2012 acompañando documentación;
Que con fecha 2 de Mayo de 2012 se firmó el Acta de Recepción Provisoria de la obra,
entre la Gerencia Operativa de Obras de la Dirección General de Infraestructura y
Mantenimiento Edilicio de este Ministerio en representación del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por una parte y por la otra el presidente de la empresa
contratista Altote S.A;
Que se expide en los actuados la Dirección General de Redeterminaciones de Precios
de la Subsecretaría de Gestión Operativa dependiente del Ministerio de Hacienda,
resaltando que la contratista solicita la redeterminación al mes de diciembre de 2012,
que la obra cuenta con Acta de Recepción Provisoria de fecha 2 de Mayo de 2012,
que no existe readecuación provisoria correspondiente al período en análisis, y que la
contratista no solicitó la redeterminación definitiva de la obra con anterioridad a la
solicitud en trámite;
Que se destaca que con fecha 2 de Mayo de 2012 se ha suscripto el Acta de
Recepción Provisoria Total de la obra en cuestión y que se ha dejado constancia en la
misma que, a los efectos de contabilizar el plazo de garantía, se establece la fecha de
finalización de obra el 28 de marzo de 2012;
Que en consecuencia, la solicitud de la redeterminación definitiva de precios de fecha
19 de diciembre de 2012, resulta ser posterior al Acta de Recepción Provisoria Total
de la obra;
Que en función de los antecedentes enumerados precedentemente se considera que
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