Resolución Nº 657/GCABA/SSTRANS/13

FirmantesDietrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Transporte
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2013

VISTO

el Expediente N° 2013-4572903-DGTRANSI y,

CONSIDERANDO:

Que con motivo, de la próxima inauguración, de los pasos a bajo nivel de las calles

Olazábal y Superí con las vías del ferrocarril General Bartolomé Mitre (Línea Retiro

Mitre - José León Suárez), se ha estudiado la cuadricula circulatoria resultante;

Que de lo expuesto, se considera conveniente, con el fin de brindar seguridad y

ductilidad a los nuevos cruces bajo nivel, invertir el actual sentido único de circulación

de los siguientes tramos de arteria:

  1. Olazábal entre la calle Melian y la Av. Dr. Ricardo Balbín de SO a NE.

  2. B. Encalada entre Av. Dr. R. Balbín y la calle Cdro C. Urtubey de NE a SO.

  3. Zapiola entre la calle B. Encalada y la calle Mendoza de NO a SE;

Que también resulta conveniente, con el fin de brindar seguridad y accesibilidad a los

vecinos del lugar, implementar una doble mano de circulación de la calle Mendoza

entre la calle Superi y la Av. Melian;

Que con el objetivo de agilizar el tránsito vehicular en la zona afectada, resulta

necesario prohibir el estacionamiento junto al cordón de ambas aceras y prohibir la

circulación pasante de vehículos de más de 3,60 mts. Y 3.50 mts. de altura

respectivamente para los pasos bajo nivel que nos ocupan;

Que a los efectos de garantizar el flujo del tránsito debería restituirse la prohibición de

estacionar junto a la acera izquierda las veinticuatro horas en la calle Olazábal desde

la calle Superi hasta la Av. Dr. Ricardo Balbín, como así también debería prohibirse el

estacionamiento junto a la acera par de la calle Mendoza desde la Av. Melian hasta la

calle Superi, en el horario de 7 a 21 horas.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008;

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°

Inviértase con carácter transitorio y experimental, por el término de 90.

días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del

Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido

único de circulación, el sentido circulatorio de los siguientes tramos de arterias:

  1. Olazábal entre la calle Melian y la Av. Dr. Ricardo Balbín de SO a NE.

  2. ...

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