Resolución Nº 1131/2013

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2013



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1131/2013

Tope N 468/2013Bs. As., 3/9/2013VISTO el Expediente N 1.109.442/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N 14.250 (t.o. 2004), la Ley N 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO N 848 del 27 de julio de 2011 y N 744 de fecha 3 de julio de 2013, y CONSIDERANDO: Que a fojas 467/495 del Expediente N 1.109.442/05 obra el Convenio Colectivo de Trabajo celebrado entre el SINDICATO DE ELECTRICISTAS ELECTRONICISTAS NAVALES y la ASOCIACION CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS NAVIERAS Y ARMADORAS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N 14.250 (t.o. 2004). Que el Convenio Colectivo de Trabajo precitado fue homologado por el artículo 1 de la Resolución S.T. N 848/11 y registrado bajo el N 630/11, conforme surge de fojas 657/661 y 664, respectivamente. Que a fojas 496/529 del Expediente N 1.109.442/05 obra el Convenio Colectivo de Trabajo celebrado entre el CENTRO DE JEFES Y OFICIALES MAQUINISTAS NAVALES y la ASOCIACION CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS NAVIERAS Y ARMADORAS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N 14.250 (t.o. 2004). Que el Convenio Colectivo de Trabajo precitado fue homologado por el artículo 2 de la Resolución S.T. N 848/11 y registrado bajo el N 631/11, conforme surge de fojas 657/661 y 664, respectivamente. Que mediante la providencia obrante a fojas 674/675 la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, dependiente de esta Secretaría, solicitó a las partes del CCT N 630/11 información adicional y a las partes del CCT N 631/11 la presentación de la escala salarial correspondiente al CCT N 631/11. Que a fojas 683/685 obra la presentación de la cámara empresaria por la que formula las aclaraciones pertinentes y presenta la escala salarial para ambos convenios vigentes al mes de septiembre de 2011. Que a fojas 585 del Expediente N 1.109.442/05 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION PROFESIONALES DE CAPITANES Y BAQUEANOS FLUVIALES DE LA MARINA MERCANTE y la ASOCIACION CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS NAVIERAS Y ARMADORAS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del Convenio Colectivo de Trabajo homologado por la Resolución S.T. N 744/13 y registrado...

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