Resolución Nº 237/GCABA/SSAPM/13
Firmantes | Greco |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana |
Fecha de la disposición | 6 de Noviembre de 2013 |
VISTO:
La Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 754/08, sus modificatorios Decreto N°
232/10 y Decreto N° 547/12, y los Expedientes N° 770779/10, y N° 1013504/13, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente N° 770779/10, tramitó la contratación de un Servicio de
Mantenimiento Integral para el edificio del Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que mediante Resolución N° 752/MJYSGC/11 se aprobó la Licitación Pública N°
1511/SIGAF/11, y se adjudicó la contratación del servicio precitado a la firma R.D.C.
Argentina S.R.L., por la suma de pesos tres millones doscientos cuarenta mil
($3.240.000.-), emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 48165/2011;
Que en el marco del Expediente N° 1013504/13 la firma R.D.C. Argentina S.R.L.
solicitó la primera redeterminación provisoria de precios, la que fue aprobada por
Resolución N° 268/MJYSGC/13, estableciéndose la misma en un siete con noventa y
ocho por ciento (7,98%) del monto faltante a ejecutar al 01 de septiembre de 2011, a
valores contractuales, resultando un incremento total de pesos doscientos cincuenta y
ocho mil quinientos cincuenta y dos ($258.552), emitiéndose en consecuencia la
Orden de Compra N° 31703/2013;
Que conforme lo establecido por el Artículo 5 del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, el plazo de duración del contrato es de veinticuatro (24) meses
consecutivos e ininterrumpidos a contar desde la fecha de comienzo de su ejecución,
que se llevará a cabo dentro de los treinta (30) días de recibida la Orden de Compra;
Que la fecha de inicio de ejecución del referido contrato se produjo en el mes de
noviembre de 2011;
Que con fecha 30 de septiembre de 2013 la firma adjudicataria prestó conformidad
para prorrogar el contrato;
Que, conforme los términos del Artículo 6 del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 117 inc. III) de la ley
2.095 y su reglamentación, se estima pertinente proceder a la prórroga del contrato
por un período de doce (12) meses, a contar desde el primer día hábil del mes
siguiente...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba