Disposición Nº 1778/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 2013

VISTO:

El Expediente N° 3.914.470/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Maxiquiosco", para el inmueble sito en la calle Chacabuco N° 386

Planta Baja, con una superficie a habilitar de 35,28 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d del Distrito APH 1 "Zona de

Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,

Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°

3511-DGIUR-2013, obrante a foja 53, considera que desde el punto de vista

urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la

localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos

relevantes en el Distrito;

Que los usos consignados Permitidos son: "Quiosco, Comercio Minorista de Productos

Alimenticios y/o Bebidas";

Que respecto a la localización del uso solicitado, son los que se encuadran al rubro

"Maxiquiosco" y son Permitidos en el Distrito de Zonificación APH 1 zona 4d;

Que en relación a lo solicitado el Área Técnica informa que:

- El Código de Planeamiento Urbano; goza de supremacía según el punto 1.1.3 de la

Sección 1 de dicho Código, que reza: Artículos 1 a 4

1.1.3 SUPREMACÍA DEL CÓDIGO

Las disposiciones del Código de la Edificación, del Código de Habilitaciones y

Verificaciones, y de cualquier otro Código Urbano deberán subordinarse al Código de

Planeamiento Urbano y no podrán contener disposición alguna que se le oponga.

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Quiosco, Comercio Minorista de Productos Alimenticios y/o Bebidas"

asimilables a los usos "Maxiquiosco", para el inmueble sito en la calle Chacabuco N°

386 Planta Baja, con una superficie a habilitar de 35,28 m2, (Treinta y cinco metros

cuadrados con veintiocho decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la

normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al...

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