Disposición Nº 1785/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 1 de Noviembre de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 2.253.248/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Maxikiosco; Comercio Minorista de Bebidas en general envasadas;
Local de Cobro de Impuestos y otros (tipo Pago Fácil), Carga de Celulares y de
SUBE", para el inmueble sito en la calle Dr. Enrique Finochietto N° 486, Planta Baja y
Entrepiso, UF N° 18, con una superficie a habilitar de 36,50 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5c del Distrito APH 1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
3567-DGIUR-2013, obrante a foja 25, considera que desde el punto de vista
urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la
localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos
relevantes en el Distrito;
Que los usos consignados Permitidos son: "Quiosco";
Que los usos "Maxikiosco" y "Comercio minorista de bebidas en general envasadas"
se encuadran en el rubro "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado,
supermercado y autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) -
Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería", expresamente consignado en el
Cuadro de Usos N° 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano;
Que El uso "Local de cobro de impuestos y otros (tipo Pago Fácil), carga de celulares
y de SUBE", si bien no se encuentra consignado en el mencionado Cuadro de Usos,
responde a las demandas actuales dadas por los cambios de tecnologías en cobros,
transporte y comunicaciones, por lo que se considera una actividad incorporada al uso
"Quiosco", expresamente consignado en el Cuadro de Usos N° 5.4.12.1 del Código de
Planeamiento Urbano
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las...
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