Disposición Nº 1780/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 1 de Noviembre de 2013 |
VISTO:
La Presentación Agregar N° 1 del Expediente N° 1.258.919/2011 por la que se
consulta respecto a la regularización de obras ejecutadas sin permiso, para el rubro
principal "Oficina Comercial", en el inmueble sito en la calle Montañeses N° 2140, y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito R2bI 9 de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, según Parágrafo 5.4.1.4,
Inciso 7) Casos particulares: sector 9, "Belgrano C";
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N°
2186-DGIUR-2012, indica que de acuerdo a la documentación se observa que:
-
Se trata de una construcción existente de planta subsuelo, planta baja y 7 pisos,
ubicada en una parcela intermedia identificada como 5d; ubicada en una manzana
delimitada por las calles: Montañeses, Juramento, Arribeños y Mendoza, según
Consulta de Registro Catastral de fs. 19 a 23.
-
Dicha construcción, en su entonces, fue aprobada a través de la Ordenanza N°
38.925/83, según se observa en planos registrados a fs. 15.
En el artículo primero de dicha Ordenanza se establece que las construcciones que se
otorgan estarán sujetas a croquis, los cuales no se encuentran registro en archivos y
tampoco forman parte de la misma.
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Respecto a la ampliación, la misma consta de un sector destinado al uso
"Comedor", "Office", "Sala de Reunión" "Parrilla y Office", siendo de una superficie
cubierta aproximada de 182,68 m2 (Según Planilla de Locales a fs. 9) y un sector
descubierto como posible expansión de 96,92 m2 (Según Plano fs. 63).
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Dichas obras de ampliación se encuentran en el nivel cuya cota es de 20,95 metros
de altura (correspondientes al primer retiro), según se observa a fs. 14. Por lo que se
puede decir que se encuentran por debajo de la altura máxima de 28,30 metros,
establecida por la Ordenanza N° 38.925/83, según Plano Registrado a fs. 15;
Que en cuanto al uso que se desarrolla en dichas construcciones, el mismo se podría
encuadrar según el Parágrafo 5.2.4 "Ampliaciones", en el inciso "Ampliación de Usos
No Conformes", del Código de Planeamiento Urbano:
"Para la mejora de las...
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