Disposición Nº 1731/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2013

VISTO:

El Expediente N° 3.234.962/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Consultorio Profesional", para el inmueble sito en la calle Tucumán N°

540, piso 16°, UF 1242, depto. "E", con una superficie a habilitar de 48,41 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 51 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°

3510-DGIUR-2013, obrante a foja 32, considera que desde el punto de vista

urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la

localización del uso solicitado toda vez que el mismo no origina impactos relevantes en

el Distrito, en tanto sean conformes con el Reglamento de Copropiedad;

Que los usos consignados Permitidos son: "Consultorio Profesional";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Consultorio Profesional", para el inmueble sito en la calle Tucumán N° 540,

piso 16°, UF 1242, depto. "E", con una superficie a habilitar de 48,41 m2, (Cuarenta y

ocho metros cuadrados con cuarenta y un decímetros cuadrados) considerando que

se visan los usos permitidos en tanto sean conformes con el Reglamento de

Copropiedad, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación

para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,

modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta

Dirección General.

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