Resolución Nº 889/GCABA/CDNNYA/13

FirmantesBendel
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Consejo de Los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2013

VISTO:

La Ley N° 114, el Decreto N° 556/10, el Decreto modificatorio N° 752/10, la Resolución

N° 621/CDNNyA/13, Resolución N° 527/CDNNyA/13, el Expediente N°

5.548.846/2013, Y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las

funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los

derechos de niños, niñas y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada normativa, el Consejo goza de autonomía técnica,

administrativa y autarquía financiera;

Que por Resolución N° 691/CDNNyA/13 se aprobó la Licitación Pública N°

1911/SIGAF/13 para la adquisición de indumentaria y ropa blanca con destino al

Centro de Atención Transitoria (CAT), declarándose fracasados los renglones 14 y 15

por precio no conveniente;

Que la Dirección Operativa de Articulación Institucional Área Presidencia, requiere

arbitrar las medidas necesarias para la adquisición de ropa blanca, atento el fracaso

de los renglones citados;

Que se encuentran acreditados los requisitos exigidos por el artículo 2 del Decreto N°

556/10, atento que la adquisición de ropa blanca para el CAT dependiente de este

Consejo, reviste carácter esencial e imprescindible a los fines de la atención de las

niñas, niños y adolescentes que allí se albergan, motivo por el cual se hace necesaria

la autorización del gasto en cuestión;

Que la Subdirección Operativa de Bienes y Servicios ha cursado invitaciones a efectos

de cotizar ofertas a las firmas Gradios S.A., A y M D'Esposito S.R.L. y Alberto y

Vicente S.R.L., obrando las mismas a fs. 4/8;

Que a fs. 9/13, lucen las ofertas recibidas. resultando la cotización de la firma Alberto y

Vicente S.R.L. C.U.I.T.: 30-55745701-8, por la suma total de PESOS DIECINUEVE

MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 19.866.00.-), la más conveniente para este

Consejo;

Que los proveedores invitados se encuentran debidamente inscriptos en el Registro

Informatizado Único y Permanente de Proveedores a la fecha de aprobación del gasto,

según constancia obrante a fs. 14/21;

Que luce agregada a fs. 22/23, la...

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