Resolución Nº 543/GCABA/MJYSGC/13

FirmantesMontenegro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2013

VISTO:

Las Leyes N° 268, Ley 3.803, Ley N° 4.013, Ley N° 4471, el Decreto N° 257/13 y el

Expediente N° 04676506/2013- MGEYA -DGELEC, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 257/2013 se convocó al electorado de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires para que el día 27 de Octubre de 2013 proceda a elegir treinta (30)

Diputados/as titulares y diez (10) suplentes para integrar el Poder Legislativo de la

Ciudad;

Que el Artículo 9° de la Ley N° 268, modificado por Ley N° 3803, establece que la

Ciudad contribuye al financiamiento de la campaña electoral de los partidos, alianzas y

confederaciones, destinando a tal efecto el monto de 1,70 Unidades Fijas (U.F),

establecidas anualmente en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de

Recursos, para cada categoría por cada elector/a empadronado/a para votar en esa

elección;

Que el artículo 28 de la Ley N° 4471 establece en la suma de pesos uno ($ 1,00) el

valor de la U.F (Unidad Fija) para los supuestos contemplados en los artículos 8°, 9° y

10° de la Ley N° 268 y modificatorias;

Que el padrón definitivo para los comicios del día 27 de octubre del corriente año

asciende a un total de dos millones quinientos cincuenta y cuatro mil trescientos

setenta y cuatro ( 2.554.374) electores nativos y extranjeros;

Que el aporte público al cual se refiere el artículo 9 de la Ley N° 268 asciende a un

total de pesos cuatro millones trescientos cuarenta y dos mil cuatrocientos treinta y

cinco con ochenta centavos ($ 4.342.435,80);

Que según lo informado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires mediante Oficio N° 063/13 los partidos, alianzas o confederaciones que

oficializaron candidaturas y que eventualmente podrían requerir el pago del aporte

conforme lo dispone el artículo 10 punto 1, incisos a) y b) de la Ley N° 268 y su

modificatoria, arrojó como resultado la suma total de pesos dos millones ochocientos

cincuenta y siete mil novecientos cuarenta y cuatro con quince centavos

($ 2.857.944,15) para la categoría de Diputados/as de la Ciudad;

Que el artículo citado en el párrafo anterior establece en el punto 1, inciso c) que el

remanente será...

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