Resolución Nº 443/GCABA/AGC/13

FirmantesGómez Centurión
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2013

VISTO:

25-SECLYT/11, N° 109/GCABA-SECLYT/13, N° 66/AGC/13, n° 144/AGC/13 Y N°

302/AGC/13, LA NOTA N° 04655340/DGFYCO/2013, Y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), como ente

autárquico en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme lo dispuesto en la Resolución N° 66/AGC/13, se estableció la nueva

estructura orgánico funcional de la AGC, en comunión con las previsiones legales de

la Ley N° 2.624 bajo cuya estructura funciona la Dirección General de Fiscalización y

Control de Obras (DGFyCO);

Que en virtud de la Resolución N° 302/AGC/13, se designó a cargo de la referida

Dirección General al Ingeniero Osvaldo José Alonso (CUIT 20-06262921-6), quien se

ausentará por el período comprendido entre el día 20 hasta el día 23 de septiembre de

2013, ambos inclusive;

Que asimismo y mediante la Resolución N° 144/AGC/13, se designó a cargo de la

Dirección General Legal y Técnica de esta AGC, al Señor Roberto Enrique Padilla

(CUIT 23-16821984-9);

Que el artículo 12, inciso g) de la Ley N° 2.624 faculta al Director Ejecutivo de la AGC

a delegar sus facultades en los Directores Generales y en el personal superior de la

AGC;

Que el artículo 2 del Anexo del Decreto N° 1.510/97 permite la delegación y/o

sustitución del ejercicio de la competencia cuando éstas estuvieren expresamente

autorizadas;

Que en virtud de lo expuesto y lo solicitado por Nota N° 04655340/DGFYCO/2013,

resulta necesario encomendar la firma del despacho de la Dirección General de

Fiscalización y Control de Obras de la AGC desde el día 20 hasta el día 23 de

septiembre de 2013, ambos inclusive, en la persona del Señor Roberto Enrique

Padilla;

Que no obstante la delegación de firma no altera la competencia del órgano delegante

y para su validez no resulta necesaria su publicación, sin perjuicio de lo cual conviene

ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la suscripción de los actos administrativos dictados durante el período

mencionado y en virtud de la presente delegación, se efectuará por módulo

"GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO", conforme

lo establecido por Decreto N° 765/10, las Resoluciones N°...

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