Resolución Nº 443/GCABA/AGC/13
Firmantes | Gómez Centurión |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
Fecha de la disposición | 20 de Septiembre de 2013 |
VISTO:
25-SECLYT/11, N° 109/GCABA-SECLYT/13, N° 66/AGC/13, n° 144/AGC/13 Y N°
302/AGC/13, LA NOTA N° 04655340/DGFYCO/2013, Y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), como ente
autárquico en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo dispuesto en la Resolución N° 66/AGC/13, se estableció la nueva
estructura orgánico funcional de la AGC, en comunión con las previsiones legales de
la Ley N° 2.624 bajo cuya estructura funciona la Dirección General de Fiscalización y
Control de Obras (DGFyCO);
Que en virtud de la Resolución N° 302/AGC/13, se designó a cargo de la referida
Dirección General al Ingeniero Osvaldo José Alonso (CUIT 20-06262921-6), quien se
ausentará por el período comprendido entre el día 20 hasta el día 23 de septiembre de
2013, ambos inclusive;
Que asimismo y mediante la Resolución N° 144/AGC/13, se designó a cargo de la
Dirección General Legal y Técnica de esta AGC, al Señor Roberto Enrique Padilla
(CUIT 23-16821984-9);
Que el artículo 12, inciso g) de la Ley N° 2.624 faculta al Director Ejecutivo de la AGC
a delegar sus facultades en los Directores Generales y en el personal superior de la
AGC;
Que el artículo 2 del Anexo del Decreto N° 1.510/97 permite la delegación y/o
sustitución del ejercicio de la competencia cuando éstas estuvieren expresamente
autorizadas;
Que en virtud de lo expuesto y lo solicitado por Nota N° 04655340/DGFYCO/2013,
resulta necesario encomendar la firma del despacho de la Dirección General de
Fiscalización y Control de Obras de la AGC desde el día 20 hasta el día 23 de
septiembre de 2013, ambos inclusive, en la persona del Señor Roberto Enrique
Padilla;
Que no obstante la delegación de firma no altera la competencia del órgano delegante
y para su validez no resulta necesaria su publicación, sin perjuicio de lo cual conviene
ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la suscripción de los actos administrativos dictados durante el período
mencionado y en virtud de la presente delegación, se efectuará por módulo
"GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO", conforme
lo establecido por Decreto N° 765/10, las Resoluciones N°...
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