Disposición Nº 113/GCABA/HQ/13

FirmantesOrtega
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorHospital de Quemados
Fecha de la disposición28 de Agosto de 2013

VISTO:

la Ley N° 2.095, su Decreto reglamentario N° 754/GCBA/2008, La Car. Nro:

538426:/HQ/2013 - Contratación Directa N° 1174/13 y la O. P Nro.24262/13.

CONSIDERANDO:

Que por la Car. Nro.538426/HQ/2013 se autorizó la adquisición de "Material

descartable" con destino al Sector Farmacia de este Hospital de Quemados,

emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 24262/13 a favor de la firma:

CIRUGÍA ARGENTINA S.A. habiéndose fijado su vencimiento el día: 20/05/2013 y

Que la firma antes mencionada procedió a la entrega de los elementos del renglón N°

12 en fecha 11/07/2013 según Parte de Recepción Definitiva N° 310885/13; es decir,

vencido el plazo establecido de cinco dias habiles a tal efecto;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la ley N° 2095

de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada

por Decreto 1772-GCBA-2006(BOCBA N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HTAL. DE QUEMADOS

DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma: CIRUGÍA ARGENTINA S.A adjudicataria de la Orden de

Provisión N° 24262/13 domiciliada en: FONROUGE 2274/76 - C.A.B.A de acuerdo con

lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127 de la Ley de Compras y Contrataciones de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la penalidad que a continuación se detalla:

  1. Una multa de PESOS:CIENTO TREINTA Y UNO CON SESENTA Y NUEVE

    CENTAVOS ($131,69) por la Rehabilitación del Contrato para el renglón N° 12 y

  2. Una multa de PESOS: SESENTA Y CINCO CON NOVENTA CENTAVOS ($65,90)

    por atraso en el cumplimiento de la entrega.

  3. El importe consignado en el apartado a)($ 131,69); deberá ser depositado por la

    firma comercial bajo las formas previstas en el apartado d) del presente Acto

    Administrativo, dentro de los tres días de notificado fehacientemente de acuerdo a lo

    estatuido en el Capitulo VI , Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97- BOBCBA

    N° 310, Resolucion41-LCBA-98, BOCBA N°454.

  4. Dicho importe deberá ingresar en la cuenta 200330/4 "Multa Proveedores y

    Contratistas" para depósitos con cheque propio del adjudicatario; el cual deberá ser

    librado a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; CRUZADO -

    NO A LA ORDEN y/o en la cuenta 200233/2 "Multa Proveedores y Contratistas" para

    depósitos en efectivo, los cuales deberán realizarse en la Dirección General de

    Tesorería perteneciente al Ministerio de Hacienda, sita en Av. Belgrano 840 -en el

    horario de 9.30 a 14.30 hs, de acuerdo a lo normado en el Art. 121 del Decreto

    754/GCBA/2008...

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