Resolución Nº 198/GCABA/SSDHPC/13

FirmantesAvruj
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2013

VISTO:

Las Leyes N° 1.075 y sus modificatorias y concordantes, el Decreto N° 90-GCABA/04

y el Expediente N° 643.795/2013 del Registro de la Subsecretaría de Derechos

Humanos y Pluralismo Cultural dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente señalado en el Visto, el señor (Sr.) Scarini Gustavo Fabián,

D.N.I. 14.996.403, con fecha 25 de febrero del 2013, requiere se le otorgue el Subsidio

previsto en el artículo primero de la Ley N° 1.075, su incorporación al Registro de Ex

Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich e Islas

del Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires y la entrega del Diploma previsto en el

artículo 12°

de dicha normativa;

Que mediante informe N° IF N° 2013-01364763-DGAYAV, se pone en conocimiento

del requirente que a través del artículo 6to de la Ley N° 3.592/10 se incorporo en la

Ley N° 1.075 la Clausula Transitoria Segunda estableciendo el día 1° de Julio de 2011

como plazo máximo para acogerse a los beneficios de esta última;

Que atento a la expiración del plazo señalado, mediante el dictado de la Resolución N°

73/SSDH/11 la Autoridad de Aplicación dispuso el cierre del Registro de Solicitudes de

otorgamiento del Subsidio Mensual y Vitalicio para Ex Combatientes Héroes de la

Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich e Islas del Atlántico Sur, previsto en

el artículo 1° de la Ley N° 1.075;

Que habiendo tomado conocimiento del informe "ut supra" mentado, el Sr. Scarini

Gustavo Fabián, interpone recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio;

Que en cuanto a la petición de incorporación al "Registro de Ex - Combatientes Héroes

de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich e Islas del Atlántico Sur de la

Ciudad de Buenos Aires", no resulta procedente incorporar al Sr. Scarini Gustavo

Fabián, correspondiendo asimismo denegarle el otorgamiento del Subsidio solicitado y

la entrega del Diploma previsto en el artículo 12° de la Ley N° 1.075, por ser

extemporánea;

Que de lo expuesto precedentemente en relación al recurso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR