Resolución Nº 662/GCABA/AGIP/13
Firmantes | Walter |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Administración Gubernamental de Ingresos Públicos |
Fecha de la disposición | 3 de Septiembre de 2013 |
VISTO:
La Ley N° 2.809, el Decreto Reglamentario N° 1.312/GCABA/08, la Ley 2.603
promulgada por Decreto N° 2.140/GCABA/07 y reglamentada mediante Decreto
745/GCABA/08, la Resolución N° 4.271/MHGC/08, la Resolución N° 543/MHGC/13, la
Licitación Pública N° 1.232/12, la Resolución N° 787/AGIP/12, el Expediente. N°
1.700.620/13 y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la Licitación Pública N° 1.232/12 ha tramitado la contratación del
"Servicio de Consultoría para Auditoría del Proyecto GIT en la AGIP", adjudicada
mediante la Resolución N° 787/AGIP/12 a la firma Infotema S.A. por un importe de
pesos dos millones doscientos ochenta y seis mil ($ 2.286.000.-) por un plazo de doce
meses;
Que por artículo 2° de la Resolución N° 401/AGIP/12 se impulsó el llamado para el día
4 de julio de 2012 a las 12:00 horas, el cual fue modificado por la Circular Modificatoria
N° 1 materializándose la apertura de ofertas el día 11 de julio de 2012 a las 12:00
horas, emitiéndose la correspondiente Orden de Compra N° 49.126/12 el 26 de
octubre y dando inicio a la prestación en el mes de noviembre del mismo año;
Que mediante Expediente N° 1.700.620/13 la firma proveedora ha solicitado la
Redeterminación Provisoria Primera del monto contratado, en los términos de la Ley
N° 2.809, el Decreto reglamentario N° 1.312/GCABA/08 y la Resolución N°
4.271/MHGC/08, toda vez que dicha solicitud es de fecha previa a la entrada en
vigencia de la Resolución N° 543/MHGC/13;
Que el artículo 43° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares establece la tabla
con la estructura de costos aplicable a los fines de la Redeterminación Provisoria;
Que la firma proveedora ha cumplimentado con las exigencias establecidas en la
Resolución N°
4.271/MHGC/08 adjuntando los indicadores de respaldo
correspondientes, así como la solicitud de adhesión al régimen de Redeterminación de
Precios;
Que al 1 de noviembre de 2012, fecha a partir de la que se solicita la variación, el
saldo de ejecución del contrato era del cien por ciento (100%) equivalente a doce (12)
meses correspondiente a un saldo redeterminable de dos millones doscientos ochenta
y seis mil ($ 2.286.000.-), a valores básicos de la oferta;
Que ante la solicitud de Redeterminación...
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