Resolución Nº 44/GCABA/SSAFED/13
Firmantes | Daletto |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaria de Asuntos Federales |
Fecha de la disposición | 13 de Agosto de 2013 |
VISTO:
El Decreto N° 477/11, la Resolución N° 56-MGOBGC/13, la Disposición N°
344/DGCG/11, el Expediente N° 3.172.486/2013,y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 477/11, se aprobó el régimen de viáticos, alojamiento y
pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial por parte de funcionarios
y agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la citada norma establece que los viajes están sujetos a la operatoria
instrumentada a través de la Licitación Pública N° 4-DGCyC/11 y la que en lo sucesivo
la continúe o reemplace, mientras se encuentre en vigencia la misma, con las
excepciones que en forma previa determine la Dirección general de Compras y
Contrataciones del Ministerio de Hacienda.
Que al respecto, por Nota N° 1090045-DGCyC/2013, la aludida Dirección de Compras
y Contrataciones, comunicó la finalización de la Licitación Pública N° 4-DGCyC/2011;
Que en consecuencia, la asignación de fondos para cubrir los gastos de alojamiento y
viáticos se efectuó de conformidad con los montos diarios establecidos en el Anexo II
del citado Decreto N° 477/11;
Que el artículo 17 del decreto antes citado, establece que las sumas que se entreguen
en concepto de viáticos, deberán rendirse por los funcionarios y agentes que viajen,
mediante el formulario adjunto como Anexo III de la mencionada norma.
Que el artículo antes mencionado establece que en los casos de excepción previstos
en el artículo 7°, deberán incluirse, además, los fondos asignados y los gastos
realizados en concepto de pasajes y/o alojamiento, en cuyo caso se acompañarán los
documentos que respalden las citadas operaciones;
Que en sentido concordante, el Anexo III de la Disposición N° 344/DGCG/11 establece
el procedimiento que debe seguirse para la rendición no documentada de tales fondos;
Que al respecto, el punto 7 del anexo citado establece que deberá dictarse un acto
administrativo firmado por la máxima autoridad de la Unidad Ejecutora, por medio del
cual se aprueben los gastos, dejando por sentado la oportunidad, mérito y
conveniencia de las erogaciones efectuadas, el cual deberá ser acompañado del
formulario aprobado como Anexo III del Decreto N°477/11;
Que mediante Resolución N° 97/MGOBGC/2013...
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