Disposición Nº 1231/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 2 de Agosto de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 2.028.324/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista de: Calzados en general, Artículos de
Talabartería, Marroquinería, Ropa Confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería,
Textiles en general y Pieles; Artículos Personales y para Regalos", para el inmueble
sito en la Av. Corrientes 640 y Florida N° 378, Local 10, UF N° 22, Planta Baja y
Entrepiso, con una superficie a habilitar de 31,86 m2 ( según foja 21 en el Reglamento
de Copropiedad), y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 51 "Catedral al
Norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto
Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
2534-DGIUR-2013, obrante a foja 47, considera que desde el punto de vista
urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la
localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos
relevantes en el Distrito;
Que los usos consignados Permitidos son los correspondientes al distrito C1 del
Cuadro de Usos 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano, Comercio Minorista de:
Textiles, Pieles, Cueros, Artículos Personales, del Hogar y afines. Regalos hasta 1000
m2;
Que se extiende este visado para la superficie que consta en el Reglamento de
Copropiedad para la UF N° 22 y que en el caso de requerir el visado para la superficie
solicitada, deberá presentar último Plano de Obra aprobado donde se consigne la
misma;
Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado toda vez que el
local es interno según indica el Plano de Mensura de foja 2;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
del uso: "Comercio Minorista de: Textiles, Pieles...
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