Disposición Nº 1115/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 17 de Julio de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 2.519.057/2013 por el que se solicita el visado de los Planos de
"Modificación y ampliación de obra" con destino "Hotel Residencial", para el inmueble
sito en la calle Chacabuco N° 1565, con una superficie de terreno de 230,01m2, una
superficie existente de 1042,94m2, una superficie a construir de 4,58m2 y una
superficie libre de 18,51m2, según planos obrantes a fs. 29 y sus copias a fs. 30 y 31, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en la Zona de Amortiguación del
Distrito APH1, según Ley N° 4464 del 13/12/2012, publicada en BOCBA N° 4085 del
30/01/2013;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N°
2391-DGIUR-2013, indica que a fs. 2 se adjunta copia del Plano conforme a obra
registrado por Expediente N° 51.349/2007 del 24/04/2012;
Que analizada la documentación presentada a fs. 29, se entiende que las obras
consisten en modificaciones internas que tienden a la readecuación espacial interior
con la demolición y construcción parcial de tabiques y la construcción de un gabinete
de chapa para cubrir los tanques en azotea;
Que en tal sentido, el Área Técnica competente concluye que, no existirían
inconvenientes en acceder al visado de los planos "Modificación y ampliación de obra",
para el inmueble en cuestión, destinado al uso "Hotel Residencial", con una superficie
de terreno de 230,01m2, una superficie existente de 1042,94m2, una superficie a
construir de 4,58m2 y una superficie libre de 18,51 m2, según planos obrantes a fs. 29
y sus copias a fs. 30 y 31. El uso será permitido una vez finalizadas las obras en su
totalidad de acuerdo a los términos en los cuales fueron aprobadas las mismas;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
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