Disposición Nº 58/GCABA/?/13
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 17 de Julio de 2013 |
VISTO:
El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su Decreto
Reglamentario N° 754/2008, normas complementarias y modificatorias, la Resolución
del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires N° 164/EURSPCABA/09 del 8 de julio de 2009, el Expediente EURSPCABA N°:
001283/E/2013, y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería
jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, por los presentes actuados se tramita la Contratación Menor N°: 03/2013 para la
Contratación del servicio de localización y seguimiento satelital vehicular, con destino
a la Gerencia de Control y a la Gerencia de Usuarios;
Que, la presente contratación se encuentra incluida en el Plan Anual de Compras y
Contrataciones del ejercicio 2013 del ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES "ad
referéndum" de aprobación por el Directorio;
Que, a fs. 9/10 se ha estimado el presupuesto oficial para la presente contratación en
la suma de pesos treinta y seis mil ($36.000);
Que, atento a lo indicado por la Gerencia de Control y la Gerencia de Usuarios a
través de las Solicitudes de Compra N°: 25/13 y N° 28/13 que lucen en fs 3/4 y 6/7
respectivamente, los móviles del EURSPCABA cuentan con equipos GPS compatibles
con los sistemas Ubitrack exclusivamente, limitados por la recepción satelital y
frecuencia de banda de seguimiento vehicular;
Que, el abono mensual de seguimiento satelital para el servicio Ubitrack Premium es
desarrollado exclusivamente por la firma UBICAR ARGENTINA S.A.;
Que para el caso específico, el articulo 28 inc 4° de la Ley 2095 de la C.A.B.A.
contempla la contratación directa para la adquisición de bienes cuya fabricación o
venta es exclusiva de quienes tengan privilegio para ello o que sólo poseen una
determinada persona o entidad, siempre y cuando no hubieran sustitutos
convenientes;
Que, en virtud de ello, se entiende viable el llamado a Contratación...
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