Disposición Nº 1122/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición17 de Julio de 2013

VISTO:

El Expediente N° 1.573.996/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar los usos: "Comercio minorista: de helados sin elaboración; de bebidas en

general envasadas; de productos alimenticios envasados", para el inmueble sito en la

calle Gamarra N° 1786/1800 esquina La Pampa, Planta Baja, UF N° 1, con una

superficie de 47,98m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito U39, Parque Chas y no se encuentra

Catalogado. Los usos son los correspondientes al Distrito R1bI;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°

2052-DGIUR-2013, obrante a fs. 33, indica que de acuerdo a lo establecido en el

Cuadro de Usos N° 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano, los usos solicitados

merecen el siguiente análisis:

  1. Los usos "Comercio minorista: de helados sin elaboración; de bebidas en general

    envasadas; de productos alimenticios envasados" se encuadran dentro del rubro

    "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y

    autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos

    de tabaquería y cigarrería", expresamente consignado en el Cuadro de Usos N° 5.2.1

    del Código de Planeamiento Urbano.

  2. El uso "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y

    autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos

    de tabaquería y cigarrería" resulta afectado por la Referencia "C" para el Distrito R1bI,

    debiendo este Organismo estudiar la factibilidad de su localización;

    Que del estudio realizado respecto del uso en el cual se encuadran los usos

    solicitados, se informa que el mismo resulta compatible con su ámbito de

    emplazamiento, prioritariamente residencial;

    Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

    alguna, por lo que no corresponde su visado;

    Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen N° 184-CPUAM-

    2013, indica que considera que no existen inconvenientes desde el punto de vista

    urbanístico en acceder a la localización de los rubros solicitados, para el local en

    cuestión...

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