Disposición Nº 1122/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 17 de Julio de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 1.573.996/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Comercio minorista: de helados sin elaboración; de bebidas en
general envasadas; de productos alimenticios envasados", para el inmueble sito en la
calle Gamarra N° 1786/1800 esquina La Pampa, Planta Baja, UF N° 1, con una
superficie de 47,98m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Distrito U39, Parque Chas y no se encuentra
Catalogado. Los usos son los correspondientes al Distrito R1bI;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
2052-DGIUR-2013, obrante a fs. 33, indica que de acuerdo a lo establecido en el
Cuadro de Usos N° 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano, los usos solicitados
merecen el siguiente análisis:
-
Los usos "Comercio minorista: de helados sin elaboración; de bebidas en general
envasadas; de productos alimenticios envasados" se encuadran dentro del rubro
"Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos
de tabaquería y cigarrería", expresamente consignado en el Cuadro de Usos N° 5.2.1
del Código de Planeamiento Urbano.
-
El uso "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos
de tabaquería y cigarrería" resulta afectado por la Referencia "C" para el Distrito R1bI,
debiendo este Organismo estudiar la factibilidad de su localización;
Que del estudio realizado respecto del uso en el cual se encuadran los usos
solicitados, se informa que el mismo resulta compatible con su ámbito de
emplazamiento, prioritariamente residencial;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen N° 184-CPUAM-
2013, indica que considera que no existen inconvenientes desde el punto de vista
urbanístico en acceder a la localización de los rubros solicitados, para el local en
cuestión...
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