Resolución Nº 170/GCABA/ISSP/13
Firmantes | Unrein |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Instituto Superior de la Seguridad Pública |
Fecha de la disposición | 5 de Julio de 2013 |
VISTO:
El Decreto 67/10, las Resoluciones N° 51/MHGC/10, N° 12/ISSP/12, N°
264/MHGC/13, N° 109/ISSP/13, la Disposición N° 9/DGC/10, el Expediente N°
2821953/13, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 67/GCABA/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de
Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que
impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus
rendiciones y condiciones de aprobación;
Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se dictó la reglamentación del
mencionado decreto;
Que la Disposición N° 9/DGCG/10 aprobó, entre otros, el procedimiento para las
asignaciones en concepto de Caja Chica Especial con cumplimiento del Régimen de
Compras y Contrataciones;
Que en virtud de lo establecido en la Resolución N° 264/MHGC/13 se fijaron los
montos máximos a asignar por parte del Instituto Superior de Seguridad Pública en los
términos establecidos en los artículos 7° y 8° del Anexo I del Decreto 67/10;
Que por Resolución N° 109/ISSP/13, se asignó al Instituto Superior de Seguridad
Pública fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de PESOS CIEN MIL
($ 100.000,00), a hacerse efectiva en dos entregas parciales de PESOS CINCUENTA
MIL ($ 50.000,00) cada una y sin límite de monto por comprobante, destinada a
solventar el pago para la adquisición de bienes de la más variada índole y la
contratación de servicios imprescindibles necesarios para garantizar el nivel normal de
actividad de esta Institución y sus funciones primordiales.
Que los gastos efectuados se correspondieron con los lineamientos fijados por la
Resolución N° 109/ISSP/13;
Que en función de lo establecido en el Artículo 4 de la Resolución N° 109/ISSP/13,
para conformar el comprobante N° 6 fueron solicitados previamente tres presupuestos,
contratándose al proveedor que hizo la oferta más conveniente;
Que se han efectuado las retenciones de Ingresos Brutos acorde a la normativa
vigente, adjuntándose los respectivos comprobantes, tal como obra glosado en el
Expediente N° 2821953/13, como asimismo las constancias de pago de las
mencionadas retenciones efectuadas en el Banco Ciudad de Buenos Aires.
Que no se efectuaron las retenciones del Impuesto a las Ganancias, en un todo de
acuerdo a lo establecido en la Resolución General AFIP N° 830/00 y...
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