Disposición Nº 1024/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 1 de Julio de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 1.697.318/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de
ampliación de rubro sin aumento de superficie con redistribución de usos: "Casa de
comidas, rotisería; Comercio Minorista: elaboración y venta de pizza, fugazza, faina,
empanadas, postres, flanes, churros, grill", para el inmueble sito en la Av. Juan de
Garay N° 955, Planta Baja, U.F. N° 1, con una superficie a habilitar de 138,73m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d del Distrito APH 1 "Zona de
Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
2190-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio
Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos
solicitados toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el
Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resulta Permitidos en
la Zona 4d del Distrito APH 1 "Zona de Amortiguación";
Que los usos consignados Permitidos son: "Servicios terciarios: Alimentación en
general, restaurant, cantina, pizzería, grill, heladería, confitería, etc.";
Que de acuerdo a lo expuesto en el Plano de Permiso de Uso obrante a fs. 1, los usos:
"Elaboración de pastas alimenticios frescas (churros, empanadas, papas fritas); Venta
de bebidas en general envasadas; Fiambrería, quesería, spiedo" ya se encuentran
habilitados por Expediente N° 28.071/2004;
Que no se visa publicidad toda vez que a fs. 26 el recurrente declara a la publicidad y
a fs. 27 adjunta copia de la declaración jurada, solicitud de baja de anuncios
publicitarios;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
de rubro sin aumento de superficie...
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