Disposición Nº 996/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 25 de Junio de 2013 |
VISTO:
La Presentación Agregar N° 1 del Expediente N° 552.067/2013 por el que se solicita la
ampliación de superficie para el uso "Escuela Primaria y Escuela Infantil", y la
localización del uso "Escuela de educación media", en el inmueble sito en la calle
Moliere N° 760/62/66/68, con una superficie a ampliar de 1171,53m2, y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra inserto en un Distrito R2bII de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano según Ley N° 449 (B.O. N° 1044 de
fecha 9/10/2000) y Decreto N° 1181-GCBA/07 sancionado con fecha 23/08/2007,
Texto Ordenado del mismo Código;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N°
1942-DGIUR-2013, indica que en su oportunidad, se estudió la localización del rubro
"Escuela Primaria" solicitada para el edificio en cuestión cuyas autorizaciones constan
a fs. 49 (Disposición N° 47-DGIUR-2006 de fecha 07 de Junio de 2006) y a fs. 50
(Disposición N° 255-DGPINT-2004, de fecha 25 de Agosto de 2004);
Que de acuerdo al Código de Planeamiento Urbano la obra debería cumplir con los
siguientes parámetros:
El Parágrafo 5.4.1.4 Distrito R2b, inciso b) R2bII establece:
"...b) R2bII
1) Carácter: Son zonas de carácter residencial similar a las R2a con menor intensidad
de ocupación total.
2) Delimitación: Según Plano de Zonificación.
3) Subdivisión: Según normas generales de la Sección 3.
4) Tipología Edilicia: Se admiten edificios entre medianeras, de perímetro libre y
perímetro semilibre.
Disposiciones particulares:
-
Edificios entre medianeras.
Tejido: Cumplirán las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:
R = h/d = 2,4
Altura máxima: 9 m. a contar desde la cota de la parcela determinada por la Dirección
de Catastro, permitiéndose la construcción de un piso retirado a una distancia mínima
de 2 m. desde L. M. y por debajo de un plano inclinado a 45° desde la altura de 9m y
con un plano límite horizontal a 12 m. de la cota de la parcela...".
"...d) F.O.T. máximo = 1,2
-
F.O.S.: El que resulte de las normas de tejido según las disposiciones generales de
la Sección 4 y de lo dispuesto por el Cuadro de Usos N° 5.2.1. La L.F.I. coincidirá con
L.I.B.
5) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1.
6) Observaciones: Se permiten construcciones habitables hasta un plano horizontal
ubicado a no más de 3,50m del terreno natural dentro del 30% ocupable en el centro
libre de manzana según Art. 4.2.4...";
Que en relación a los usos y de acuerdo al Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), se informa
que:
-
El uso "Escuela Primaria" se encuentra comprendido dentro del Agrupamiento
Equipamientos d) Establecimientos Educativos, Clase I de Escala Barrial - Nivel
Primario, resultando un uso afectado a la Referencia "C" esto es: "...El Consejo
efectuará en cada caso, el estudio para determinar la conveniencia o no de la
localización propuesta y en su caso el FOS...
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