Disposición Nº 996/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición25 de Junio de 2013

VISTO:

La Presentación Agregar N° 1 del Expediente N° 552.067/2013 por el que se solicita la

ampliación de superficie para el uso "Escuela Primaria y Escuela Infantil", y la

localización del uso "Escuela de educación media", en el inmueble sito en la calle

Moliere N° 760/62/66/68, con una superficie a ampliar de 1171,53m2, y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra inserto en un Distrito R2bII de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano según Ley N° 449 (B.O. N° 1044 de

fecha 9/10/2000) y Decreto N° 1181-GCBA/07 sancionado con fecha 23/08/2007,

Texto Ordenado del mismo Código;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N°

1942-DGIUR-2013, indica que en su oportunidad, se estudió la localización del rubro

"Escuela Primaria" solicitada para el edificio en cuestión cuyas autorizaciones constan

a fs. 49 (Disposición N° 47-DGIUR-2006 de fecha 07 de Junio de 2006) y a fs. 50

(Disposición N° 255-DGPINT-2004, de fecha 25 de Agosto de 2004);

Que de acuerdo al Código de Planeamiento Urbano la obra debería cumplir con los

siguientes parámetros:

El Parágrafo 5.4.1.4 Distrito R2b, inciso b) R2bII establece:

"...b) R2bII

1) Carácter: Son zonas de carácter residencial similar a las R2a con menor intensidad

de ocupación total.

2) Delimitación: Según Plano de Zonificación.

3) Subdivisión: Según normas generales de la Sección 3.

4) Tipología Edilicia: Se admiten edificios entre medianeras, de perímetro libre y

perímetro semilibre.

Disposiciones particulares:

  1. Edificios entre medianeras.

    Tejido: Cumplirán las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:

    R = h/d = 2,4

    Altura máxima: 9 m. a contar desde la cota de la parcela determinada por la Dirección

    de Catastro, permitiéndose la construcción de un piso retirado a una distancia mínima

    de 2 m. desde L. M. y por debajo de un plano inclinado a 45° desde la altura de 9m y

    con un plano límite horizontal a 12 m. de la cota de la parcela...".

    "...d) F.O.T. máximo = 1,2

  2. F.O.S.: El que resulte de las normas de tejido según las disposiciones generales de

    la Sección 4 y de lo dispuesto por el Cuadro de Usos N° 5.2.1. La L.F.I. coincidirá con

    L.I.B.

    5) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1.

    6) Observaciones: Se permiten construcciones habitables hasta un plano horizontal

    ubicado a no más de 3,50m del terreno natural dentro del 30% ocupable en el centro

    libre de manzana según Art. 4.2.4...";

    Que en relación a los usos y de acuerdo al Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), se informa

    que:

  3. El uso "Escuela Primaria" se encuentra comprendido dentro del Agrupamiento

    Equipamientos d) Establecimientos Educativos, Clase I de Escala Barrial - Nivel

    Primario, resultando un uso afectado a la Referencia "C" esto es: "...El Consejo

    efectuará en cada caso, el estudio para determinar la conveniencia o no de la

    localización propuesta y en su caso el FOS...

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