Disposición Nº 994/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición25 de Junio de 2013

VISTO:

El Expediente N° 2062592/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar

el uso: "Productos alimenticios en general; Bebidas en general envasadas; Masas,

bombones y sándwiches (sin elaboración); Casa de lunch; Café, bar; Confitería", para

el inmueble sito en la calle Av. Córdoba N° 532/50/52/70, Florida N°

725/27/29/35/53/55/65/71/77/83/85, Viamonte N° 501/09/15/21/25/29/41/45/47/49, San

Martín N° 702/60, 1° Subsuelo, local 1-49, con una superficie de 67,76 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 51 de Zonificación General del

Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-

2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°

2121-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio

Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado

toda vez que el mismo no originan impactos relevantes en el Distrito APH 51;

Que los usos consignados Permitidos son: "Productos alimenticios en general;

Bebidas en general envasadas; Masas, bombones, sándwiches (sin elaboración);

Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y

autoservicio),(se opere o no por sistema de venta autoservicio)- Tabaco; Alimentación

en general, restaurant, cantina, pizzería, grill; Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos,

heladería, etc.";

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad o toldos, deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

de los usos: "Productos alimenticios en general; Bebidas en general envasadas;

Masas, bombones, sándwiches (sin elaboración); Productos alimenticios y/o bebidas

(excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio),(se opere o no por sistema de

venta autoservicio)- Tabaco; Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería,

grill...

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