Disposición Nº 994/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 25 de Junio de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 2062592/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar
el uso: "Productos alimenticios en general; Bebidas en general envasadas; Masas,
bombones y sándwiches (sin elaboración); Casa de lunch; Café, bar; Confitería", para
el inmueble sito en la calle Av. Córdoba N° 532/50/52/70, Florida N°
725/27/29/35/53/55/65/71/77/83/85, Viamonte N° 501/09/15/21/25/29/41/45/47/49, San
Martín N° 702/60, 1° Subsuelo, local 1-49, con una superficie de 67,76 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 51 de Zonificación General del
Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-
2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
2121-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio
Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado
toda vez que el mismo no originan impactos relevantes en el Distrito APH 51;
Que los usos consignados Permitidos son: "Productos alimenticios en general;
Bebidas en general envasadas; Masas, bombones, sándwiches (sin elaboración);
Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio),(se opere o no por sistema de venta autoservicio)- Tabaco; Alimentación
en general, restaurant, cantina, pizzería, grill; Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos,
heladería, etc.";
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad o toldos, deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
de los usos: "Productos alimenticios en general; Bebidas en general envasadas;
Masas, bombones, sándwiches (sin elaboración); Productos alimenticios y/o bebidas
(excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio),(se opere o no por sistema de
venta autoservicio)- Tabaco; Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería,
grill...
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