Disposición Nº 828/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2013

VISTO:

El Expediente N° 572496/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar

el uso: "Servicios: Peluquería y Barbería", para el inmueble sito en la calle Florida N°

963, San Martin N° 950, PB Local N° 18, con una superficie a habilitar de 15,87 m2.

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 38 "Entorno Plaza Fuerza Área y

Museo Ferroviario, y Entorno Plaza San Martin" zona 1, de Zonificación General del

Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-

2007, los usos corresponden al Distrito de zonificación C2.

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°

1691-DGIUR-2013, obrante a fojas 10, considera que desde el punto de vista

urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la

localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos

relevantes en el Distrito;

Que los usos consignados Permitidos son: "Servicios Terciarios: Peluquería y otros

Servicios para Animales Domésticos";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Servicios Terciarios: Peluquería y otros Servicios para Animales

Domésticos"; para el inmueble sito en la calle Florida N° 963, San Martin N° 950, PB

Local N° 18, con una superficie a habilitar de 15,87 m2 (quince metros cuadrados con

ochenta y siete decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente

que resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,

modificación del inmueble, pintura de la fachada...

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