Resolución Nº 4473/GCABA/SCS/13

FirmantesGaytan
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Comunicación Social
Fecha de la disposición10 de Junio de 2013

VISTO:

La Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 754/08 y sus modificatorios Decreto N°

232/10, Decreto N° 109/12 y Decreto N° 547/12 y el Expediente N° 2.377.562/11, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación ha tramitado la Licitación Pública de Etapa Única N°

04//DGCYC/12 SIGAF 700/12, convocada al amparo de lo establecido en el Artículo

31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 bajo la modalidad de Orden de

Compra Abierta conforme el Artículo 40 de la Ley N° 2.095, para la Contratación de un

Servicio de Impresión de Folletería y Afiches para Publicidad en la Vía Pública, con

destino a la Secretaria de Comunicación Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que mediante Resolución N° 4.238/SCS/12 de fecha 10 de mayo de 2.012, se aprobó

la mentada Licitación Pública de Etapa Única, adjudicándose a la firma INSTITUTO

DE PUBLICACIONES Y ESTADISTICAS S.A.C.I.F. la prestación del Servicio en

cuestión, emitiéndose a su favor la Orden de Compra N° 04/DGCYC/12 SIGAF

27.151/12 bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta;

Que dado el próximo vencimiento del contrato, se estima pertinente proceder a

efectuar su prórroga por un período de tres (3) meses contados a partir de dicho

vencimiento, conforme los términos del Artículo N° 5 del Pliego de Bases y

Condiciones Particulares y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 117 Inc.

III) de la Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 754/08 y sus modificatorios

Decreto N° 232/10, Decreto N° 109/12 y Decreto N° 547/12;

Que consta en las actuaciones que se ha procedido a comunicar a la firma de marras,

la decisión de proceder a hacer uso de la facultad de prorrogar por tres (3) meses la

Orden de Compra aludida ut supra;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 7° del Decreto N° 221/12,

EL SEÑOR SECRETARIO DE COMUNICACIÓN SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1° Prorrogase por el término de tres (3) meses, a partir de su vencimiento, el

contrato celebrado con la firma INSTITUTO DE PUBLICACIONES Y ESTADISTICAS

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