Resolución Nº 250/GCABA/AGC/13
Firmantes | Gómez Centurión |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
Fecha de la disposición | 31 de Mayo de 2013 |
VISTO:
EL EXPEDIENTE N° 434035/2010, Y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones referidas en el Visto, el Sr. Ricardo Ernesto Chipont presenta
a fs. 1-20 la solicitud de habilitación del inmueble sito en Juan F. Aranguren 728 PB
para funcionar como establecimiento residencial geriátrico;
Que con fecha 8 de julio de 2010, producto de la inspección efectuada en el local cuya
habilitación se peticionara, se formularon diversas observaciones que deberían ser
subsanadas a fin de que el establecimiento pudiera ajustarse a condiciones
reglamentarias de funcionamiento;
Que mediante cédula de notificación obrante a fs. 35 se otorgó un plazo de 30 días
para dar cumplimiento a los aspectos que fueran motivo de observación;
Que vencido el plazo no se han acreditado los puntos objeto de la intimación;
Que a raíz de ello, mediante la Disposición N° 7595/DGHP/11, de fecha 29 de junio de
2011, se rechazó la solicitud de habilitación del mencionado inmueble, siendo tal acto
notificado el día 8 de julio de 2011, según consta en fs. 52;
Que a fs. 61, el Sr. Ricardo Ernesto Chipont, en su propio derecho, interpuso recurso
de reconsideración contra la precitada Disposición, sin articular fundamentos
tendientes a demostrar las razones por las cuales impugna el acto administrativo
puesto en crisis;
Que de esta manera, tal lo que surge de la notificación cursada a fs. 62, se le otorgó a
administrado un nuevo plazo a los efectos de que brinde argumentos que permitan
reconsiderar lo ya dispuesto;
Que en virtud de no haber aportado explicación alguna respecto de lo solicitado, se
procedió al dictado de la Disposición N° 7649/DGHP/12, de fecha 1 de Agosto de
2012, y se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto, por no haberse
comprobado el cumplimiento de las exigencias establecidas en la normativa vigente;
Que así las cosas, corresponde a esta instancia analizar al recurso jerárquico que
opera en subsidio, interpuesto contra el rechazo de la solicitud de habilitación respecto
del inmueble sito en Juan F. Aranguren 728 PB, de ésta Ciudad;
Que pese a los reiterados requerimientos ya descriptos efectuados al administrado,
respecto del cumplimiento de las observaciones oportunamente formuladas, nada fue
aportado ni cumplido, y a mayor abundamiento, tampoco brindó argumentación alguna
que permita...
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