Resolución Nº 399/GCABA/CDNNYA/13
Firmantes | Bendel |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Consejo de Los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes |
Fecha de la disposición | 4 de Junio de 2013 |
VISTO:
El Decreto N° 3360/MCBA/68, el Decreto N° 468/GCABA/08, la Ley N° 471, la Ley
1225 y su modificatoria, la Ley 4.330, el Expediente N° 2757346/13, y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se iniciaron por la denuncia efectuada por los
profesionales dependientes de la Dirección de Procedimiento y Relaciones
Interinstitucionales de este Consejo, contra el Licenciado R.P., quien habría efectuado
actos de violencia laboral, en ocasión de su desempeño;
Que conforme lo solicitado por los denunciantes en su escrito obrante a fs. 1 y en
cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 11 de la ley 1.225, modificada por la Ley
4.330, se procedió a reservar la identidad de los involucrados, hasta tanto finalice el
procedimiento sancionatorio;
Que habiendo indicios de la existencia de una falta administrativa atribuible al
Licenciado R.P., la Dirección General Legal Técnica y Administrativa, por informe N°
565394/DGLTACDN/13, obrante a fs. 5, dio intervención a la Dirección General de
Sumarios de la Procuración General, a efectos de consultar sobre la necesidad de
instruir un Sumario Administrativo para el esclarecimiento de los hechos y deslinde de
las responsabilidades;
Que conforme luce a fs. 6/7, por medio de la Providencia N° 1643049/DGSUM/2013, el
Órgano Asesor opinó que los elementos reunidos en las presentes actuaciones
ameritan la instrucción de un Sumario Administrativo a los fines de determinar la
existencia de la inobservancia del Licenciado R.P. de algunas de las previsiones
contenidas en el ordenamiento legal vigente que regula las relaciones laborales de la
Administración Local;
Que atento lo expuesto y en virtud de lo manifestado por el Órgano Asesor,
corresponde instruir un Sumario Administrativo a fin de investigar y esclarecer los
hechos denunciados y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder
respecto del Licenciado R.P., como así también investigar si su conducta atentó contra
el funcionamiento de la Unidad de Organización en los términos de la Ley N° 1.225 y
su modificatoria N° 4.330;
Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa tomó intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello y en uso de las facultades conferidas en el artículo 2 del Decreto...
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