Disposición Nº 759/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 22 de Mayo de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 315.946/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar
el uso: "Comercio Minorista de: Antigüedades - Objetos de Arte; Artículos de
Decoración" en el inmueble sito en Defensa 529, PB, UF N° 4, con una superficie de
60,00 m2 y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3b del Distrito APH 1 "San Telmo - Av.
De Mayo" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto
Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007 y el mismo no está catalogado;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
1291-DGIUR-2013, obrante a fs. 40, indica que respecto a los usos solicitados informa
que los usos solicitados "Comercio Minorista de: Antigüedades - Objetos de Arte;
Artículos de Decoración" por lo que el Consejo del Plan Urbano Ambiental deberá
expedirse respecto a la factibilidad de su localización;
Que de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de
Planeamiento Urbano el uso Comercio Minorista de Antigüedades - Objetos de Arte
está referenciado por la letra P (permitido) y el uso Artículos de Decoración
comprendido en Comercio Minorista de Papeles pintados, Alfombras, Cortinas y
Artículos de Decoración (603014) se encuentra afectado por la referencia "C";
Que en tal sentido, el Área Técnica competente considera que los usos solicitados no
originan impactos relevantes en el área de emplazamiento del mismo, por lo que no
habría inconvenientes en acceder la localización de los usos "Comercio Minorista de:
Antigüedades - Objetos de Arte; Artículos de Decoración", con una superficie de 60,00
m2;
Que, respecto a su factibilidad, solicita intervención del Consejo del Plan Urbano
Ambiental;
Que respecto a la localización de publicidad, el recurrente, a fs. 38 renuncia por escrito
a la localización de la misma, por lo que no corresponde su visado;
Que toma intervención el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen
N° 0103-CPUAM-2013, indicando que considera admisible, desde el punto de vista
urbanístico en acceder a los usos solicitados para el local en cuestión con una
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