Resolución Nº 356/GCABA/SECPLAN/13

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2013

VISTO:

El Expediente N° 34182/2008 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle

Andonaegui N° 1547, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso

destinadas a Vivienda Unifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 110,60m2 de los cuales

45,81m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PA: Vestidor, Baño, Paso y

Dormitorio), en tanto que 64,79m2 en forma no reglamentaria (PA: Vestidor, Ante

Baño, Baño, Lavadero, Paso, Escalera y Dormitorios), según surge del cotejo entre el

plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas

(Fojas 45) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 38 a 42); con

destino "Vivienda Unifamiliar";

Que obra a fojas 14/15 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración

Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad

horizontal, según consta a fojas 10;

Que según se expresa en Dictamen N° 3028-DGIUR-11, si bien las obras ejecutadas

sin permiso no respetan el retiro exigido, y superan el FOT admitido para el Distrito, las

mismas no alteran su integración respecto de los hechos existentes;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.

"Trabajos que requieren permiso de obra", y el Art. 4.6.3.1 "Escaleras Principales, sus

características", ambos del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.2 "Distrito R1bI,

Disposiciones Particulares, inciso d) FOT Máximo" del Código de Planeamiento

Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.

N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

n° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 54 las obras ejecutadas sin permiso

citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las

condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que

deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente

(fs. 14/15), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública

de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier

divergencia con la realidad o...

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