Disposición Nº 757/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2013

VISTO:

El Expediente N° 1360734/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar

el uso: "Comercio Minorista de Ropa Confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería,

Textiles en General y Pieles, Calzados en General, Artículos de Cuero, Tabartelería,

Marroquinería", para el inmueble sito en Florida N° 250, PB, EP local N° 4Y 6, con una

superficie a habilitar de 198,97 m2.

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la zona 1 del Distrito APH 5 "Catedral al

norte", de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto

Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007; los usos corresponden al Distrito de

zonificación CI y asimismo se encuentra "Catalogado con Nivel de Protección

Cautelar".

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°

1608-DGIUR-2013, obrante a foja 37, considera que desde el punto de vista

urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la

localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos

relevantes en el Distrito;

Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio Minorista de Textiles, Pieles,

Cueros, Artículos Personales, del Hogar y Afines, Regalos";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Comercio Minorista de Textiles, Pieles, Cueros, Artículos Personales, del

Hogar y Afines, Regalos"; para el inmueble sito en Florida N° 250, PB. EP. Local N° 4

y 6., con una superficie a habilitar de 198,97 m2, (ciento noventa y ocho metros

cuadrados con noventa y siete decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la

normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al...

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