Disposición Nº 99/GCABA/DGTALAPRA/13
Firmantes | Casiraghi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Técnica Administrativa y Legal - Apra |
Fecha de la disposición | 31 de Mayo de 2013 |
VISTO:
Las Leyes N° 2628, N° 2.095 su Decreto Reglamentario N° 754/08 y sus
modificatorios, el Expediente N° 2738516/12, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita la contratación de un
servicio de mantenimiento de los equipos de monitoreo inteligente (TMI) y estaciones
móviles OPERA, requerido por la Dirección General de Estrategias Ambientales de
esta Agencia de Protección Ambiental, a fin de asegurar su correcto y continuo
funcionamiento;
Que la Ley N° 2.628 dispone como objeto de la Agencia de Protección Ambiental el de
proteger la calidad del medio ambiente de la Ciudad de Buenos Aires a través de la
planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la
política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en su Capítulo III la citada Ley establece el marco general al cual debe sujetarse
la Agencia de Protección Ambiental en su gestión financiera, patrimonial y contable
incluyendo a la Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires;
Que mediante la Disposición N° 92/DGTALAPRA/2013, se aprobaron los Pliegos de
Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a
Licitación Pública N° 778/2013 de conformidad a lo establecido en el artículo 31
horas como fecha para la apertura de las ofertas;
Que cumplida con la publicidad del llamado surge del Acta de Apertura de Ofertas que
no se recibió ninguna oferta;
Que en consecuencia con lo expresado en el considerando precedente, corresponde
declarar desierta la presente Licitación Pública y desafectar el gasto de las partidas
presupuestarias correspondientes;
Que ha tomado la debida intervención la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13 del Anexo I del
Decreto N° 754/08 sus modificatorios y reglamentarios de la Ley N° 2.095,
EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL
DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DISPONE
realizado al amparo del artículo 31 párrafo primero de la Ley N° 2.095.
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