Disposición Nº 754/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2013

VISTO:

El Expediente N° 1.841.547/2012 por el que se solicita el visado de los Planos de

"Obra Nueva" con destino "Estudio Profesional; Local comercial: Textiles, pieles,

cueros, artículos personales, del hogar y afines. Regalos", para el inmueble sito en la

Av. Rivadavia N° 1215/19, con una superficie de terreno de 171,04 m2 y una superficie

a construir de 1291,21 m2, según planos obrantes a fs. 56 y sus copias a fs. 57 y 58, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión está emplazado en la Zona 9d del Distrito APH1, de

acuerdo a lo establecido por el Parágrafo 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano

y no se encuentra catalogado;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N°

1596-DGIUR-2013, indica que de acuerdo a los Parámetros establecidos para la

realización de Obra Nueva en la Zona 9 del Distrito APH 1, se informa que:

  1. Tipología edilicia: Las tipologías existentes predominantes se identifican en el

    Cuadro de Tipologías N° 5.4.12.1.a como T7, T11, T13, T14, T17, T18, T19, T20 y

    T21. Sólo se permiten edificios de altura limitada.

  2. Disposiciones particulares:

    Altura máxima: 16 m. sobre la L.O. a contar desde la cota de la parcela.

    - FOS: de hasta 60%.

    - Los lineamientos de la fachada deberán respetar la estructuración de los edificios

    catalogados más próximos: basamento, cuerpo y coronamiento.

  3. Mansardas y coronamientos: por sobre la altura máxima de la fachada, se permitirá

    construir mansardas, con una inclinación de 60 grados con respecto al plano horizontal

    y con una altura que deberá coincidir con el plano límite situado a 3 m. por encima de

    la altura máxima correspondiente.

    De dicho plano inclinado podrán sobresalir ventanas o lucarnas destinadas a

    iluminación y ventilación de locales y cuyo ancho total, incluyendo guardapolvos y

    cornisas no exceda la mitad del ancho de la fachada.

  4. Cuerpos en continuidad con el plano de fachada: Podrán elevarse unos o más

    cuerpos por sobre la altura máxima de la fachada y en continuidad con el plano de la

    misma hasta alcanzar el...

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