Resolución Nº 163/GCABA/SSJUS/13

FirmantesBuján
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Justicia
Fecha de la disposición23 de Abril de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013, Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

RESOLUCIÓN N° 163/SSJUS/13

Buenos Aires, 23 de abril de 2013

VISTO:

La Ley N° 614; el Decreto N° 556/10 y su modificatorio el Decreto N° 752/10; el

Convenio de Cooperación N° 8/05; el Expediente N° 1278476/2013, y

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 614 se aprobó el Convenio de Cooperación N° 4/01, suscripto entre el

Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires de fecha 20 de febrero de 2001;

Que, con fecha 26 de abril de 2005 el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribieron el Convenio

Complementario de Cooperación, Convenio N° 8/05, a efectos de la creación y

posterior puesta en funcionamiento de la Unidad Fiscal del distrito de los barrios de

Saavedra y Nuñez;

Que, con fecha 29 de diciembre de 2008 el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron la Prórroga del

Acuerdo Complementario de Cooperación identificado como Convenio N° 8/05, el cual

estableció en su cláusula SEGUNDA que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

tendría a su cargo la infraestructura edilicia, el mobiliario, el equipamiento informático,

las líneas telefónicas y los servicios básicos para el normal funcionamiento de la

Unidad Fiscal del distrito de los barrios de Saavedra y Nuñez;

Que, por Expediente N° 81858/2006 tramita el alquiler del inmueble sito en la calle

Arias 4491, donde funciona la sede de la Unidad Fiscal del distrito de los barrios de

Saavedra y Nuñez;

Que, en el Expediente N°1278476/MGEYA/2013, obra la liquidación de expensas del

mes de abril de 2013; Que, el artículo 1° inciso d) del Decreto N° 556/10, modificado

por el Decreto N° 752/10, faculta a los funcionarios, según un cuadro de

competencias, a aprobar gastos de imprescindible necesidad los cuales

justificadamente no pudieran ser gestionados a través de compras y contrataciones del

Estado o mediante la respectiva Caja Chica;

Que, en virtud del cuadro de competencias establecido en el artículo en el artículo 2°

del Decreto N° 752/10, la presente es la aprobación de las expensas...

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