Resolución Nº 121/GCABA/APRA/13
Firmantes | Corcuera Quiroga |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 13 de Mayo de 2013 |
RESOLUCIÓN N.° 121/APRA/13
Buenos Aires, 13 de mayo de 2013
VISTO:
La Ley N° 2.628, el Decreto N° 263/10, la Resolución N° 304-APRA/2012, las Notas
Nros. 2013-01157430-DGCONT y 2013-01388771-DGTALAPRA y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 304-APRA/12 se designaron a los responsables de las
Unidades de Servicio Patrimonial de Segundo Orden de esta Agencia de Protección
Ambiental;
Que el Decreto N° 263/2010 establece que en cada repartición dependiente del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como en los Organismos
Descentralizados, debe funcionar una Unidad de Servicio Patrimonial de Segundo
Orden, siendo la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda el
órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental;
Que atento haberse operado un cambio de autoridades en la Dirección General de
Control, deviene necesario designar nuevos responsables de las unidades de servicio
patrimonial de segundo orden respetando la estructurada actual de la Agencia de
Protección Ambiental,
Que por la Nota N° 2013-01157430-DGCONT, el Director General de Control solicitó
autorizar como nuevos responsables a la Sra. Carolina Dimarco FC N° 438.289 y al Sr.
Esteban Gabriel Silva D.N.I N° 20.004.272;
Que por su parte mediante la Nota N° 2013-01388771-DGTALAPRA, la Oficina de
Gestión Sectorial informó que el número de servicio patrimonial de la Dirección
General de Estrategias Ambientales es el 1984 y el nombre correcto del agente
Courreges es Jonathan. Asimismo instó la baja de la agente Maximina Barrios Martín
en el ámbito de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal;
Que, por lo expuesto corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 304-APRA/12 y
designar nuevos responsables de las Unidades de Servicio Patrimonial de Segundo
Orden;
Que ha tomado debida intervención la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8° de la Ley N° 2.628,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
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