Resolución Nº 121/GCABA/APRA/13

FirmantesCorcuera Quiroga
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de protección ambiental
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2013

RESOLUCIÓN N.° 121/APRA/13

Buenos Aires, 13 de mayo de 2013

VISTO:

La Ley N° 2.628, el Decreto N° 263/10, la Resolución N° 304-APRA/2012, las Notas

Nros. 2013-01157430-DGCONT y 2013-01388771-DGTALAPRA y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 304-APRA/12 se designaron a los responsables de las

Unidades de Servicio Patrimonial de Segundo Orden de esta Agencia de Protección

Ambiental;

Que el Decreto N° 263/2010 establece que en cada repartición dependiente del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como en los Organismos

Descentralizados, debe funcionar una Unidad de Servicio Patrimonial de Segundo

Orden, siendo la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda el

órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental;

Que atento haberse operado un cambio de autoridades en la Dirección General de

Control, deviene necesario designar nuevos responsables de las unidades de servicio

patrimonial de segundo orden respetando la estructurada actual de la Agencia de

Protección Ambiental,

Que por la Nota N° 2013-01157430-DGCONT, el Director General de Control solicitó

autorizar como nuevos responsables a la Sra. Carolina Dimarco FC N° 438.289 y al Sr.

Esteban Gabriel Silva D.N.I N° 20.004.272;

Que por su parte mediante la Nota N° 2013-01388771-DGTALAPRA, la Oficina de

Gestión Sectorial informó que el número de servicio patrimonial de la Dirección

General de Estrategias Ambientales es el 1984 y el nombre correcto del agente

Courreges es Jonathan. Asimismo instó la baja de la agente Maximina Barrios Martín

en el ámbito de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal;

Que, por lo expuesto corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 304-APRA/12 y

designar nuevos responsables de las Unidades de Servicio Patrimonial de Segundo

Orden;

Que ha tomado debida intervención la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8° de la Ley N° 2.628,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

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