Resolución Nº 280/GCABA/SECPLAN/13
Firmantes | Lostri |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Secretaría de Planeamiento |
Fecha de la disposición | 10 de Mayo de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2013, Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia
RESOLUCIÓN N.° 280/SECPLAN/13
Buenos Aires, 10 de mayo de 2013
VISTO:
La Presentación a Agregar del Expediente N° 189729/1976 de Ajustes de obra para la
finca sita en la calle Dekay N° 4223/25/27, y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso
destinadas a Vivienda Multifamiliar;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 26,07m2 de los cuales
13,00m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (2° Piso: Lavadero y
Escalera) en tanto que 13,07m2 en forma no reglamentaria (PB: Baños) según surge
del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran
oportunamente aprobadas (Fojas N° 12) y los planos presentados para regularizar la
situación (fojas N° 1 a 11), con destino Vivienda Multifamiliar;
Que obra a fojas 19 a 20 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración
Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad
horizontal, según consta a fojas 15;
Que mediante Disposición N° 145-DGROC-2013, se autoriza la prosecución del
trámite de los presentes, prescindiendo de la agregación del Expediente original, sin
perjuicio de continuar la búsqueda del mismo;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.
"Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.3.2 "Áreas y Lados Mínimos de
las Cocinas, Espacios para Cocinar, baños, retretes, lavaderos y secaderos" y el Art.
4.6.3.5 "Escaleras Secundarias, sus características", todos Código de la Edificación;
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en
contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.
N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General
n° 24.887;
Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 40 las obras ejecutadas sin permiso
citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las
condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que
deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional
interviniente (fs. 19 a 20), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y
salubridad pública de sus...
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