Resolución Nº 789/GCABA/MJGGC/12

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2012

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

RESOLUCIÓN N.° 789/MJGGC/12

Buenos Aires, 2 de octubre de 2012

VISTO:

El Decreto N° 915/09 y sus modificatorios N° 1.008/09 y N° 694/11, las Resoluciones

Conjuntas N° 2.495-MJGGC-MHGC/09 y N° 3-MJGGC-SECLYT/11 y el Expediente N°

1917505-DGTRANSI/12 y;

CONSIDERANDO:

Que por la presente actuación tramita la contratación de ARRIOLA, ANIBAL ANDRES,

D.N.I. N° 17.049.674, CUIT N° 20-17049674-5 bajo la figura de locación de obra en el

modo, forma y período que se detalla en el Anexo I que a todos sus efectos forma

parte integrante de la presente;

Que por el Decreto N° 915/09 y su modificatorio N° 1.008/09 se facultó a los titulares

de la Vicejefatura de Gobierno, a los Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as

del Poder Ejecutivo, así como también a los funcionarios con rango o nivel

equivalente, para contratar a personas bajo los regímenes de locación de servicios y/u

obra, dentro de sus disponibilidades presupuestarias y hasta un monto máximo de

pesos diez mil ($10.000.-), mensuales por contrato;

Que por el Decreto N° 694/11 se elevó el monto establecido en el considerando

anterior a la suma de pesos veinte mil ($20.000);

Que, en el artículo 4° del Decreto N° 915/09 se fijó en treinta (30) días el plazo máximo

que podrá transcurrir desde el inicio de una prestación celebrada bajo el régimen de

locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva Resolución autorizante;

Que por la Resolución Conjunta N° 2.495-MJGGC-MHGC/09, los titulares de la

Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Hacienda, en uso de las

facultades conferidas en el artículo 6° del Decreto N° 915/09, aprobaron el

procedimiento de contratación de personas bajo el régimen de locación de servicios y

de obra;

Que por la Resolución Conjunta N° 3-MJGGC-SECLYT/11 se aprobó el procedimiento

administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra

que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE;

Que, la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores

Alimentarios Morosos creado por la Ley N° 269 ni percibe ningún subsidio por razones

de falta de empleo;

Que...

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