Resolución Nº 320/GCABA/MJGGC/13

FirmantesRodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición24 de Abril de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

RESOLUCIÓN N.° 320/MJGGC/13

Buenos Aires, 24 de abril de 2013

VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, los Decretos

N° 3.360/68 y N° 184/10, la Resolución N° 496-MSGC/12, el Expediente N°

2.004.524/12 e inc, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el Visto tramita el recurso jerárquico interpuesto por el

agente Rubén Oscar Cáceres (F.C. N° 344.120), contra los términos de la Resolución

N° 496-MSGC/12, de fecha 10 de abril de 2012, mediante la cual el Ministro de Salud

le aplicó una sanción de diez (10) días de suspensión, por haber infringido la

obligación establecida en el artículo 10, inciso a) de la Ley N° 471, en función de lo

dispuesto en el artículo 47, inciso e) de la citada normativa;

Que la medida recurrida fue adoptada por la Administración tras concluir el sumario

administrativo instruido al mencionado agente, en base al siguiente cargo: "Haberse

retirado de su lugar de trabajo el día 07-07-06 a las diez horas, con destino al Hospital

Braulio A. Moyano, sin contar con autorización de la Superioridad";

Que la mencionada Resolución fue debidamente notificada al agente, mediante cédula

diligenciada el 20 de abril de 2012;

Que con fecha 18 de septiembre de 2012, el Sr. Rubén Oscar Cáceres efectuó una

presentación titulada "Interpone Recurso Jerárquico-Plantean nulidad absoluta e

insanable de la Resolución N° 496-MSGC/12-Impugna sanción de suspensión";

Que, del cotejo de la fecha de notificación del resolutorio, efectuada por medio de

cédula de estilo (20 de abril de 2012), con la de presentación del recurso referenciado

(18 de septiembre de 2012), surge que el mismo fue interpuesto en forma

extemporánea, habiendo vencido tanto el plazo de diez (10) días establecido en el

artículo 103

para interponer el recurso de reconsideración, como así también el.

término de quince (15) días fijado en el artículo 109, ambos de la Ley de

Procedimientos de la Ciudad de Buenos Aires, para interponer el recurso jerárquico,

por lo cual la presentación del quejoso se tratará como denuncia de ilegitimidad,

conforme lo indica el artículo 94 del mismo plexo normativo;

Que los agravios vertidos por el agente Rubén Oscar Cáceres fueron analizados en la

órbita de la Procuración General, mediante dictamen de fecha 18 de marzo de 2013, a

cuyos...

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