Resolución Nº 27

EmisorDireccion General de Escuelas - Direccion Educacion Tecnica y Trabajo
Fecha de la disposición12 de Marzo de 2014

RESOLUCIÓN Nº 27

Mendoza, 12 de marzo de 2014

Visto, el Expediente N° 649-D-2014, por el que se tramita la renovación de la Resolución de aprobación de los Cursos de Capacitación Laboral presentados por el Instituto de Capacitación Laboral "Let's Go"; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 1303-DGE-97 de la Dirección General de Escuelas se reglamenta la actividad de los Institutos No Formales de Capacitación Laboral de Gestión Privada;

Que en los Artículos 5°, 6° y 7° de la mencionada norma legal, se especifica la incumbencia que cabe a esta Dirección;

Que por Resolución N° 030-DETyT-04 de la Dirección de Educación Técnica y Trabajo, se especifican los requisitos para la presentación, aprobación y supervisión de los Cursos de Capacitación, cuyos certificados serán equivalentes a los emitidos por los Centros de Capacitación para el Trabajo, que dependen de esta Dirección;

Que la propuesta presentada por el Instituto "Let's Go", inscripto en Educación Privada como Instituto Privado de Capacitación Laboral N° 3140, cumple con los requisitos establecidos, habiendo sido la misma evaluada y aprobada.

Por ello

LA DIRECTORA

DE EDUCACIÓN TÉCNICA

Y TRABAJO

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébense los Cursos: "5° Nivel de Inglés – Nivel Preintermedio", "6° Nivel de Inglés – Nivel Intermedio PET", y la correspondiente carga horaria conforme a la evaluación de la propuesta curricular que figura en el Anexo de la presente Resolución.

Artículo 2º

Determínese un período de dos años durante el cual podrán dictarse los Cursos aprobados. Cumplido ese plazo, la institución podrá presentar una nueva propuesta curricular.

Artículo 3º

Desígnese a la Inspectora de la Sección V de los Centros de Capacitación para el Trabajo de la Dirección de Educación Técnica y Trabajo para la supervisión correspondiente a dichos Cursos.

Artículo 4º

Dispóngase que sólo serán certificados aquellos Cursos que figuran en el Anexo de la presente Resolución de aprobación, que hayan cumplimentado los requisitos de asistencia y evaluación y lo establecido en el Artículo 3º.

Artículo 5º

Establézcase que la presente Resolución tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 6º

Comuníquese a quienes corresponda e insértese en el Libro de Resoluciones.

Laura Lucero

_____

ANEXO

Curso: 5° Nivel de Inglés

Nivel Preintermedio Duración total: 200 (doscientas)

horas reloj.

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